Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Promoción Empresarial. Ayudas. (2025AC0040)
Acuerdo de 7 de mayo de 2025, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la Feria Speciality & Fine Food London 2025 (Código FI25SPEC).
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NÚMERO 91
Miércoles 14 de mayo de 2025
26730
— Informe de resultados (anexo III– Documentación Justificativa y de cumplimiento).
— Fotografía/s en destino con el logotipo de fondos FEDER, o los que correspondieran
en su caso, bien visibles que justifiquen la participación de la persona beneficiaria en
la acción de promoción.
— Declaración de Ausencia de Conflictos de Interés (DACI), señalando el apartado correspondiente en el formulario de la justificación de la ayuda que figura como anexo
III.
Además, específicamente, cuando sea exigible en razón de la acción de promoción:
— Acreditación de las tarjetas de embarque (ida y vuelta).
— Acreditación o entrada a eventos.
2. T
ranscurrido el plazo de presentación sin haberse presentado la documentación anterior, el
órgano de concesión requerirá al beneficiario para que, en el plazo improrrogable de quince
días hábiles sea presentada la justificación, en cumplimiento de lo previsto en el artículo
70.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La falta de presentación de
la justificación en el plazo establecido llevará consigo la exigencia del reintegro y demás
responsabilidades establecidas en la Ley General de Subvenciones. La presentación de la
justificación en el plazo adicional establecido en este apartado no eximirá al beneficiario de
las sanciones que, conforme a la Ley General de Subvenciones, correspondan.
3. E
n caso de que la documentación justificativa anterior sea presentada de manera incompleta o defectuosa, se dará un trámite de audiencia, concediéndose al beneficiario un plazo
de 10 días hábiles para su presentación o subsanación.
4. L
a documentación exigida deberá presentarse, de forma telemática, a través la Sede Electrónica Asociada de la Administración de la Junta de Extremadura en la siguiente dirección
web: https://tramites.juntaex.es, seleccionando el enlace etiquetado como Registro Electrónico General o el enlace al trámite concreto que en su momento se configure, todo ello
en virtud de lo dispuesto en el apartado 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, e irá dirigida a la Consejería Delegada Extremadura Avante Servicios Avanzados
a Pymes, SLU.
Decimoquinto. Financiación.
1. L
as ayudas que regula este Acuerdo de convocatoria se financiará con cargo al Programa
Operativo FEDER de Extremadura 2021-2027, recibiendo una cofinanciación de 85% del
Miércoles 14 de mayo de 2025
26730
— Informe de resultados (anexo III– Documentación Justificativa y de cumplimiento).
— Fotografía/s en destino con el logotipo de fondos FEDER, o los que correspondieran
en su caso, bien visibles que justifiquen la participación de la persona beneficiaria en
la acción de promoción.
— Declaración de Ausencia de Conflictos de Interés (DACI), señalando el apartado correspondiente en el formulario de la justificación de la ayuda que figura como anexo
III.
Además, específicamente, cuando sea exigible en razón de la acción de promoción:
— Acreditación de las tarjetas de embarque (ida y vuelta).
— Acreditación o entrada a eventos.
2. T
ranscurrido el plazo de presentación sin haberse presentado la documentación anterior, el
órgano de concesión requerirá al beneficiario para que, en el plazo improrrogable de quince
días hábiles sea presentada la justificación, en cumplimiento de lo previsto en el artículo
70.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La falta de presentación de
la justificación en el plazo establecido llevará consigo la exigencia del reintegro y demás
responsabilidades establecidas en la Ley General de Subvenciones. La presentación de la
justificación en el plazo adicional establecido en este apartado no eximirá al beneficiario de
las sanciones que, conforme a la Ley General de Subvenciones, correspondan.
3. E
n caso de que la documentación justificativa anterior sea presentada de manera incompleta o defectuosa, se dará un trámite de audiencia, concediéndose al beneficiario un plazo
de 10 días hábiles para su presentación o subsanación.
4. L
a documentación exigida deberá presentarse, de forma telemática, a través la Sede Electrónica Asociada de la Administración de la Junta de Extremadura en la siguiente dirección
web: https://tramites.juntaex.es, seleccionando el enlace etiquetado como Registro Electrónico General o el enlace al trámite concreto que en su momento se configure, todo ello
en virtud de lo dispuesto en el apartado 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, e irá dirigida a la Consejería Delegada Extremadura Avante Servicios Avanzados
a Pymes, SLU.
Decimoquinto. Financiación.
1. L
as ayudas que regula este Acuerdo de convocatoria se financiará con cargo al Programa
Operativo FEDER de Extremadura 2021-2027, recibiendo una cofinanciación de 85% del