Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061888)
Resolución de 3 de mayo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de casa rural de nueva planta "Casa Mara", cuyo promotor es Eduardo Gálvez Téllez, en el término municipal de Valverde de la Vera (Cáceres). Expte.: IA24/1459.
29 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 92
Jueves 15 de mayo de 2025

26954

— Consumo de recursos y cambio climático.
Los recursos consumidos por el proyecto son la ocupación del suelo, no utilizándose una
superficie muy elevada, y el agua utilizada por los usuarios de la casa rural, la limpieza
de ésta y por la piscina. El proyecto no contribuye al aumento significativo del cambio
climático, ni en la fase de construcción ni en la fase de explotación.
— Medio socioeconómico.
El impacto en el medio socioeconómico será positivo directa e indirectamente, ya que
se diversifica la actividad económica del entorno. Indirectamente, al aumentar la oferta
de actividades y alojamiento en la comarca, aumenta el número de potenciales visitantes a la misma favoreciendo la actividad turística y el comercio de la zona.
— Sinergias.
Del análisis efectuado al proyecto, no se prevé que pudieran surgir sinergias de los
impactos ambientales provocados por la actividad objeto del proyecto, con otras actividades desarrolladas en el entorno del mismo.
— Vulnerabilidad del proyecto.
El promotor incluye el apartado “Identificación, descripción y análisis de los efectos
esperados ante riesgos de accidentes graves o catástrofes” en el documento ambiental,
de conformidad con lo estipulado en la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por la que se
modifica la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, concluyendo:
— Sismicidad. Se trata de una zona, en la que hasta la fecha no se registró ninguna sismicidad, con una aceleración menor que 0.04 g.
— Inundabilidad. No se observa riesgo de inundabilidad en las parcelas donde se pretende
asentar la edificación, ni 10 años, ni en 100 años, ni en 500 años, según datos obtenidos.
— Incendios forestales. Debido al número de incendios existentes en la zona, así como al
riesgo de incendio alto, se tomarán medidas de limpieza constante de la finca, manteniendo un perímetro de seguridad siempre limpio (a modo de cortafuegos) entre edificio
y las zonas propensas a incendios. También se prestará especial atención a los posibles
incendios que se puedan provocar por el propio edificio o personas que en el habiten,
siendo necesaria la instalación de extintores, así como de puntos de agua en caso de
ser necesarios prohibiendo hacer fuego en el exterior en épocas de riesgo de incendio.
Se recomienda detectores de humos dentro de la edificación.