Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Empresa. Ayudas. (2025040064)
Decreto 36/2025, de 6 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la puesta en marcha de un programa de ayudas dirigido a favorecer la competitividad empresarial, a través del desarrollo de proyectos colaborativos para la creación de soluciones innovadoras a retos empresariales, y se aprueba la primera convocatoria.
48 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 94
Lunes 19 de mayo de 2025

27409

del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las
disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo,
de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo
de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo
Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
La financiación de las ayudas que se regulan en el presente decreto se realizará, siempre que
sea posible, con cargo al Programa de Extremadura FEDER 2021-2027, dentro del Objetivo
Político 1 “una Europa más competitiva e inteligente, promoviendo una transformación económica innovadora e inteligente y una conectividad TIC regional” y del Objetivo Específico
1.3 “El refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de
empleo en estas, también mediante inversiones productivas”. El porcentaje de cofinanciación
será de un 85 %.
De conformidad con lo establecido en el artículo 24 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo,
de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, las presentes bases reguladoras al
estar financiadas con fondos europeos incorporan como disposición adicional única la primera
convocatoria de las mismas.
La presente norma se adecua a los principios de buena regulación, de conformidad con lo
establecido en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Así, se cumple con los principios de necesidad
y eficacia, dado que es de interés general para nuestra región favorecer el desarrollo del tejido
empresarial como elemento de progreso, desarrollo económico y de generación de empleo.
Aparte de ello, es acorde al principio de proporcionalidad, al contener la regulación imprescindible para la consecución de los objetivos previamente mencionados.
Por otra parte, en virtud del principio de seguridad jurídica, esta iniciativa es coherente con
el conjunto del ordenamiento normativo en su ámbito de aplicación. Igualmente, se ha tenido
en cuenta el principio de transparencia, definiéndose el objeto y ámbito de aplicación, sustanciándose en el procedimiento los correspondientes trámites de consulta pública y presentación de sugerencias, así como de audiencia e información pública, en orden a que cualquier
persona física o jurídica, pudiera examinar y alegar lo que estimase oportuno.
Finalmente, en aplicación del principio de eficiencia, esta norma, estableciendo criterios objetivos y claros sobre el ciclo completo de gestión de la tramitación de estas subvenciones,
persigue una correcta utilización de los recursos públicos.