Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Empresa. Ayudas. (2025040064)
Decreto 36/2025, de 6 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la puesta en marcha de un programa de ayudas dirigido a favorecer la competitividad empresarial, a través del desarrollo de proyectos colaborativos para la creación de soluciones innovadoras a retos empresariales, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 94
27410
Lunes 19 de mayo de 2025
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 de la Ley
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, así como el artículo 24 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas
urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, a propuesta del Consejero de Economía, Empleo
y Transformación Digital y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión de fecha 6 de mayo de 2025.
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto.
1. E
l objeto de este decreto es establecer las bases reguladoras para la puesta en marcha
de un programa de ayudas destinadas a favorecer la competitividad de las empresas de
Extremadura, a través del desarrollo de proyectos colaborativos entre una pyme tractora y
una Startup o una Empresa de Base Tecnológica (en adelante EBT), dirigidos al desarrollo
de soluciones a retos empresariales no cubiertos por el mercado, basados en un modelo
de innovación abierta.
2. C
onstituye también su objeto establecer la primera convocatoria de estas ayudas para el
ejercicio 2025.
Artículo 2. Definiciones.
A los efectos de las presentes bases reguladoras, se entiende por:
1. Pyme tractora: aquellas empresas, de cualquier forma jurídica de carácter societario, que
planteen como reto la necesidad de buscar una solución a una necesidad que tenga y que,
por cualquier circunstancia, no exista actualmente ninguna solución en el mercado.
2. S
tartup: Aquellas empresas de cualquier forma jurídica, incluidos los trabajadores autónomos, que cumplan los siguientes requisitos:
a. No hayan transcurrido más de cinco años desde su constitución.
b. Desarrollen un proyecto de emprendimiento innovador que cuente con un modelo de
negocio escalable.
3. EBT: Empresa de Base Tecnológica, entendida como una empresa de cualquier forma jurídica, incluidos trabajadores autónomos, que basa su actividad en las aplicaciones de
nuevos descubrimientos científicos o tecnológicos para la generación de nuevos productos,
procesos o servicios.
27410
Lunes 19 de mayo de 2025
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 de la Ley
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, así como el artículo 24 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas
urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, a propuesta del Consejero de Economía, Empleo
y Transformación Digital y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión de fecha 6 de mayo de 2025.
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto.
1. E
l objeto de este decreto es establecer las bases reguladoras para la puesta en marcha
de un programa de ayudas destinadas a favorecer la competitividad de las empresas de
Extremadura, a través del desarrollo de proyectos colaborativos entre una pyme tractora y
una Startup o una Empresa de Base Tecnológica (en adelante EBT), dirigidos al desarrollo
de soluciones a retos empresariales no cubiertos por el mercado, basados en un modelo
de innovación abierta.
2. C
onstituye también su objeto establecer la primera convocatoria de estas ayudas para el
ejercicio 2025.
Artículo 2. Definiciones.
A los efectos de las presentes bases reguladoras, se entiende por:
1. Pyme tractora: aquellas empresas, de cualquier forma jurídica de carácter societario, que
planteen como reto la necesidad de buscar una solución a una necesidad que tenga y que,
por cualquier circunstancia, no exista actualmente ninguna solución en el mercado.
2. S
tartup: Aquellas empresas de cualquier forma jurídica, incluidos los trabajadores autónomos, que cumplan los siguientes requisitos:
a. No hayan transcurrido más de cinco años desde su constitución.
b. Desarrollen un proyecto de emprendimiento innovador que cuente con un modelo de
negocio escalable.
3. EBT: Empresa de Base Tecnológica, entendida como una empresa de cualquier forma jurídica, incluidos trabajadores autónomos, que basa su actividad en las aplicaciones de
nuevos descubrimientos científicos o tecnológicos para la generación de nuevos productos,
procesos o servicios.