Presidencia De La Junta. Igualdad De Género. Subvenciones. (2025040068)
Decreto 38/2025, de 13 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las entidades locales para el funcionamiento de las Oficinas de Igualdad y Violencia de Género y de los Puntos de Atención Psicológica y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 95
Martes 20 de mayo de 2025
27812
vención y Erradicación de la Violencia de Género, el 19 de diciembre de 2012, y autorizado por el Decreto 16/2013, de 26 de febrero, por el que se autorizan los Reglamentos
de Régimen Interno de los dispositivos de la Red Extremeña de Atención a las Víctimas
de Violencia de Género. El Programa se integra en la estructura de atención especializada de la Red Extremeña de Atención a Víctimas de la Violencia de Género, debiendo
establecer no sólo una acción coordinada, sino también complementar sus recursos
humanos profesionales y trabajar de forma estratégica con el resto de los dispositivos
de la Comunidad Autónoma que prestan atención especializada, compartiendo metodología, materiales, instrumentos y objetos finales de la acción; igualmente, deberá
colaborar con los dispositivos de emergencia y complementarios de la Red.
c) Comunicar al órgano concedente de la subvención la obtención de otras subvenciones,
ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, así como la
modificación de las circunstancias que hubieren fundamentado la concesión de la subvención, tal como establece el artículo 13. d), de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozcan dichas circunstancias
y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos
percibidos.
d) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así
como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinan la
concesión de la subvención.
e) Aportar los locales, los medios técnicos y humanos necesarios, así como la infraestructura y el equipamiento básico necesario para la ejecución material del programa.
El centro en el que se preste el servicio contará con la autorización administrativa de
funcionamiento preceptivas en materia de planificación y formación sanitarias, emitidas
por el órgano competente de la Junta de Extremadura.
f) Seleccionar los profesionales que prestarán sus servicios en el programa subvencionado,
conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad. El personal que se seleccione
deberá estar en posesión de la acreditación de Psicólogo/a General Sanitario.
El personal contratado por las entidades beneficiarias a cargo de esta línea de subvención no ostentará, en ningún caso relación alguna, ni jurídica ni laboral, con la Junta de
Extremadura.
Martes 20 de mayo de 2025
27812
vención y Erradicación de la Violencia de Género, el 19 de diciembre de 2012, y autorizado por el Decreto 16/2013, de 26 de febrero, por el que se autorizan los Reglamentos
de Régimen Interno de los dispositivos de la Red Extremeña de Atención a las Víctimas
de Violencia de Género. El Programa se integra en la estructura de atención especializada de la Red Extremeña de Atención a Víctimas de la Violencia de Género, debiendo
establecer no sólo una acción coordinada, sino también complementar sus recursos
humanos profesionales y trabajar de forma estratégica con el resto de los dispositivos
de la Comunidad Autónoma que prestan atención especializada, compartiendo metodología, materiales, instrumentos y objetos finales de la acción; igualmente, deberá
colaborar con los dispositivos de emergencia y complementarios de la Red.
c) Comunicar al órgano concedente de la subvención la obtención de otras subvenciones,
ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, así como la
modificación de las circunstancias que hubieren fundamentado la concesión de la subvención, tal como establece el artículo 13. d), de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozcan dichas circunstancias
y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos
percibidos.
d) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así
como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinan la
concesión de la subvención.
e) Aportar los locales, los medios técnicos y humanos necesarios, así como la infraestructura y el equipamiento básico necesario para la ejecución material del programa.
El centro en el que se preste el servicio contará con la autorización administrativa de
funcionamiento preceptivas en materia de planificación y formación sanitarias, emitidas
por el órgano competente de la Junta de Extremadura.
f) Seleccionar los profesionales que prestarán sus servicios en el programa subvencionado,
conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad. El personal que se seleccione
deberá estar en posesión de la acreditación de Psicólogo/a General Sanitario.
El personal contratado por las entidades beneficiarias a cargo de esta línea de subvención no ostentará, en ningún caso relación alguna, ni jurídica ni laboral, con la Junta de
Extremadura.