Presidencia De La Junta. Igualdad De Género. Subvenciones. (2025040068)
Decreto 38/2025, de 13 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las entidades locales para el funcionamiento de las Oficinas de Igualdad y Violencia de Género y de los Puntos de Atención Psicológica y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 95
Martes 20 de mayo de 2025
27795
A su vez, el artículo 3 de la mencionada ley, al regular las funciones encomendadas al Instituto de la Mujer de Extremadura dispone, entre otras, la de establecer relaciones de colaboración con distintas Instituciones para promover las metas señaladas anteriormente.
La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en su artículo 25,
apartado 2, párrafo o), recoge que el Municipio ejercerá como competencias propias, en los
términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en la materia “Actuaciones en la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres así como contra la violencia
de género”.
En consecuencia, la Junta de Extremadura quiere consolidar los Servicios de Igualdad y Atención a las Víctimas de Violencia de Género de forma homogénea en orden a garantizar la
plena y efectiva igualdad entre mujeres y hombres en todos los ámbitos, extensible a todo el
territorio de la Comunidad Autónoma, garantizando su implantación, así como su desarrollo
y funcionamiento, evitando que la brecha poblacional no ensanche la desigualdad y sitúe en
desventaja a una parte de la ciudadanía. Todo ello, además, viene impuesto por el artículo
95. Medidas en materia de igualdad, de la Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el
reto demográfico y territorial de Extremadura, que dispone que “La Junta de Extremadura, en
colaboración con las entidades locales, además de las medidas contempladas en Ley 8/2011,
de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura y en el correspondiente Plan Estratégico para la Igualdad entre Mujeres y Hombres
de Extremadura, en materia de igualdad:… j) Garantizará el mantenimiento y refuerzo de la
red territorial de Oficinas de Igualdad y Puntos de Atención Psicológica a víctimas de violencia
de género como principales figuras técnicas que garantizan la transversalidad y transmisión
de las políticas de igualdad en el ámbito local”.
En tal sentido, se han venido concediendo, mediante diferentes procedimientos, subvenciones
a las entidades locales, ayuntamientos y mancomunidades, tanto para sostener el funcionamiento de las Oficinas de Igualdad y Violencia de Género, como de los Puntos de Atención
Psicológica previstos en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres
y contra la violencia de género en Extremadura.
Para desarrollar y mantener, en este caso financieramente, la Red de Oficinas, se establecieron, por Decreto 205/2018, de 18 de diciembre, las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones a las entidades locales para el funcionamiento de las Oficinas de Igualdad,
siendo la última convocatoria la correspondiente a las anualidades 2022, 2023 y 2024.
Durante el plazo trascurrido desde la primera convocatoria, las experiencias acumuladas, en
la ejecución de las citadas bases y de la sucesivas subvenciones concedidas a las entidades
locales para el mantenimiento de los Puntos de Atención Psicológica, así como algunas modifi-
Martes 20 de mayo de 2025
27795
A su vez, el artículo 3 de la mencionada ley, al regular las funciones encomendadas al Instituto de la Mujer de Extremadura dispone, entre otras, la de establecer relaciones de colaboración con distintas Instituciones para promover las metas señaladas anteriormente.
La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en su artículo 25,
apartado 2, párrafo o), recoge que el Municipio ejercerá como competencias propias, en los
términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en la materia “Actuaciones en la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres así como contra la violencia
de género”.
En consecuencia, la Junta de Extremadura quiere consolidar los Servicios de Igualdad y Atención a las Víctimas de Violencia de Género de forma homogénea en orden a garantizar la
plena y efectiva igualdad entre mujeres y hombres en todos los ámbitos, extensible a todo el
territorio de la Comunidad Autónoma, garantizando su implantación, así como su desarrollo
y funcionamiento, evitando que la brecha poblacional no ensanche la desigualdad y sitúe en
desventaja a una parte de la ciudadanía. Todo ello, además, viene impuesto por el artículo
95. Medidas en materia de igualdad, de la Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el
reto demográfico y territorial de Extremadura, que dispone que “La Junta de Extremadura, en
colaboración con las entidades locales, además de las medidas contempladas en Ley 8/2011,
de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura y en el correspondiente Plan Estratégico para la Igualdad entre Mujeres y Hombres
de Extremadura, en materia de igualdad:… j) Garantizará el mantenimiento y refuerzo de la
red territorial de Oficinas de Igualdad y Puntos de Atención Psicológica a víctimas de violencia
de género como principales figuras técnicas que garantizan la transversalidad y transmisión
de las políticas de igualdad en el ámbito local”.
En tal sentido, se han venido concediendo, mediante diferentes procedimientos, subvenciones
a las entidades locales, ayuntamientos y mancomunidades, tanto para sostener el funcionamiento de las Oficinas de Igualdad y Violencia de Género, como de los Puntos de Atención
Psicológica previstos en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres
y contra la violencia de género en Extremadura.
Para desarrollar y mantener, en este caso financieramente, la Red de Oficinas, se establecieron, por Decreto 205/2018, de 18 de diciembre, las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones a las entidades locales para el funcionamiento de las Oficinas de Igualdad,
siendo la última convocatoria la correspondiente a las anualidades 2022, 2023 y 2024.
Durante el plazo trascurrido desde la primera convocatoria, las experiencias acumuladas, en
la ejecución de las citadas bases y de la sucesivas subvenciones concedidas a las entidades
locales para el mantenimiento de los Puntos de Atención Psicológica, así como algunas modifi-