Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062027)
Resolución de 15 de mayo de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Comunidad/Ciudad Autónoma de Extremadura para la ejecución del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos.
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NÚMERO 96
Miércoles 21 de mayo de 2025
28420
En las actuaciones no energéticas tipo B, B bis, C, C bis, D, D bis, E y E bis se subvencionará el 85% del precio (Artículo 102 LCSP) detrayendo el IVA o impuesto equivalente, si
bien el importe subvencionado de estas actuaciones no podrá superar 1/3 del total de la
subvención que se otorgue (correspondiendo, al menos, los 2/3 del importe subvencionado
a las actuaciones tipo A y A bis).
2. E
l importe relativo al conjunto de tributos (impuestos como el IVA, IGIC o IPSI, ICIO o
tasas urbanísticas) de todas las actuaciones no será un gasto subvencionable, por lo que
deberá ser objeto de financiación por la Comunidad/Ciudad Autónoma, bien a través de
recursos propios o bien con cargo a financiación obtenida en virtud de colaboración públicoprivada.
Octava. Compromisos asumidos por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana.
1. A
portar y transferir el crédito correspondiente a cada Comunidad/Ciudad Autónoma participante, de conformidad con el Acuerdo aprobado en el Consejo de Ministros de 13 de julio
de 2021.
2. R
ealizar el seguimiento, control y evaluación de la ejecución de las actuaciones objeto
del convenio firmado con base en las obligaciones recogidas en el Reglamento Europeo
2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, así como en el
presente convenio.
3. O
bservar las órdenes ministeriales HFP 1030/2021 y 1031/2021, de 29 de septiembre de
2021, respectivamente, respecto del sistema de gestión y control, así como el procedimiento, formato y periodicidad de la información de seguimiento del logro de hitos y objetivos y de la ejecución contable de los gastos incurridos con fondos del MRR.
4. P
ublicar en su web las instrucciones sobre formatos y modelos ajustados a los requerimientos que, en su caso, pudiera recibir para la ejecución y gestión tanto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia como del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia,
establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de12
de febrero de 2021.
Novena. Compromisos asumidos por la Comunidad/Ciudad Autónoma.
1. F
inanciar y gestionar las actuaciones de acuerdo con los requisitos estipulados en el presente convenio base y en el Anexo I, así como en la correspondiente normativa europea y
supletoriamente en la normativa nacional y autonómica aplicable.
Miércoles 21 de mayo de 2025
28420
En las actuaciones no energéticas tipo B, B bis, C, C bis, D, D bis, E y E bis se subvencionará el 85% del precio (Artículo 102 LCSP) detrayendo el IVA o impuesto equivalente, si
bien el importe subvencionado de estas actuaciones no podrá superar 1/3 del total de la
subvención que se otorgue (correspondiendo, al menos, los 2/3 del importe subvencionado
a las actuaciones tipo A y A bis).
2. E
l importe relativo al conjunto de tributos (impuestos como el IVA, IGIC o IPSI, ICIO o
tasas urbanísticas) de todas las actuaciones no será un gasto subvencionable, por lo que
deberá ser objeto de financiación por la Comunidad/Ciudad Autónoma, bien a través de
recursos propios o bien con cargo a financiación obtenida en virtud de colaboración públicoprivada.
Octava. Compromisos asumidos por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana.
1. A
portar y transferir el crédito correspondiente a cada Comunidad/Ciudad Autónoma participante, de conformidad con el Acuerdo aprobado en el Consejo de Ministros de 13 de julio
de 2021.
2. R
ealizar el seguimiento, control y evaluación de la ejecución de las actuaciones objeto
del convenio firmado con base en las obligaciones recogidas en el Reglamento Europeo
2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, así como en el
presente convenio.
3. O
bservar las órdenes ministeriales HFP 1030/2021 y 1031/2021, de 29 de septiembre de
2021, respectivamente, respecto del sistema de gestión y control, así como el procedimiento, formato y periodicidad de la información de seguimiento del logro de hitos y objetivos y de la ejecución contable de los gastos incurridos con fondos del MRR.
4. P
ublicar en su web las instrucciones sobre formatos y modelos ajustados a los requerimientos que, en su caso, pudiera recibir para la ejecución y gestión tanto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia como del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia,
establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de12
de febrero de 2021.
Novena. Compromisos asumidos por la Comunidad/Ciudad Autónoma.
1. F
inanciar y gestionar las actuaciones de acuerdo con los requisitos estipulados en el presente convenio base y en el Anexo I, así como en la correspondiente normativa europea y
supletoriamente en la normativa nacional y autonómica aplicable.