Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Transporte De Viajeros. Subvenciones. (2025062185)
Resolución de 23 de mayo de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera y se dictan las condiciones de aplicación de la subvención del 100 % del precio del billete para el año 2025.
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NÚMERO 110
33398
Martes 10 de junio de 2025
De conformidad con el artículo 9.1 de la Ley 6/2011, será órgano competente para conceder la subvención la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda.
2. E
l plazo máximo para dictar y notificar la resolución que ponga fin al procedimiento, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización
y simplificación administrativa de Extremadura, será de tres meses, computado a partir del
día siguiente al de la presentación de la solicitud.
3. E
l vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución expresa legitima a las
personas interesadas para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de
concesión de la ayuda.
4. L
a resolución que se dicte en el procedimiento no pondrá fin a la vía administrativa y,
contra ella, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería
de Infraestructuras, Transporte y Vivienda en el plazo de un mes, contado a partir del día
siguiente a aquél en que se haya producido la notificación del acto, o desde el día siguiente
a aquel en que se entienda desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la ayuda.
Sexto. Créditos presupuestarios.
Los créditos presupuestarios que servirán para atender la disposición de gastos y el reconocimiento de obligaciones que se generen en la presente convocatoria como consecuencia de la
concesión de las subvenciones, serán los consignados, con cargo a los fondos de la Comunidad Autónoma, para el proyecto de gasto 20001041 (Fomento del transporte interurbano de
viajeros por carretera. Tarjeta de Transporte Subvencionado), con imputación a la aplicación
presupuestaria 160050000 G/353C/48000, Fuentes de Financiación CAG0000001 (proyecto
de gasto 20001041) y TE35007002 (programa 441M “Subvenciones y Apoyo al Transporte
Terrestre”), en la cuantía total máxima de 8.178.720,68 euros, que resulta de la siguiente
distribución de anualidades:
ANUALIDADES
IMPORTE
CAUSA DEL GASTO
EJERCICIO 2025
6.374.564,97 €
Pago anticipado del reembolso de las bonificaciones a las
entidades colaboradoras correspondiente al 75 % del importe de los descuentos previstos en los diferentes servicios durante el período de vigencia de la convocatoria, y
liquidación de los reembolsos referentes al período enerojunio de 2025.
EJERCICIO 2026
1.804.155,71 €
Liquidación de los reembolsos de las bonificaciones a las
entidades colaboradoras referentes al período julio- diciembre de 2025.
TOTAL
8.178.720,68 €
33398
Martes 10 de junio de 2025
De conformidad con el artículo 9.1 de la Ley 6/2011, será órgano competente para conceder la subvención la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda.
2. E
l plazo máximo para dictar y notificar la resolución que ponga fin al procedimiento, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización
y simplificación administrativa de Extremadura, será de tres meses, computado a partir del
día siguiente al de la presentación de la solicitud.
3. E
l vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución expresa legitima a las
personas interesadas para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de
concesión de la ayuda.
4. L
a resolución que se dicte en el procedimiento no pondrá fin a la vía administrativa y,
contra ella, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería
de Infraestructuras, Transporte y Vivienda en el plazo de un mes, contado a partir del día
siguiente a aquél en que se haya producido la notificación del acto, o desde el día siguiente
a aquel en que se entienda desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la ayuda.
Sexto. Créditos presupuestarios.
Los créditos presupuestarios que servirán para atender la disposición de gastos y el reconocimiento de obligaciones que se generen en la presente convocatoria como consecuencia de la
concesión de las subvenciones, serán los consignados, con cargo a los fondos de la Comunidad Autónoma, para el proyecto de gasto 20001041 (Fomento del transporte interurbano de
viajeros por carretera. Tarjeta de Transporte Subvencionado), con imputación a la aplicación
presupuestaria 160050000 G/353C/48000, Fuentes de Financiación CAG0000001 (proyecto
de gasto 20001041) y TE35007002 (programa 441M “Subvenciones y Apoyo al Transporte
Terrestre”), en la cuantía total máxima de 8.178.720,68 euros, que resulta de la siguiente
distribución de anualidades:
ANUALIDADES
IMPORTE
CAUSA DEL GASTO
EJERCICIO 2025
6.374.564,97 €
Pago anticipado del reembolso de las bonificaciones a las
entidades colaboradoras correspondiente al 75 % del importe de los descuentos previstos en los diferentes servicios durante el período de vigencia de la convocatoria, y
liquidación de los reembolsos referentes al período enerojunio de 2025.
EJERCICIO 2026
1.804.155,71 €
Liquidación de los reembolsos de las bonificaciones a las
entidades colaboradoras referentes al período julio- diciembre de 2025.
TOTAL
8.178.720,68 €