Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Programas De Formación Profesional Básica. Ayudas. (2025062225)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para el desarrollo de programas formativos específicos de Formación Profesional de Grado Básico en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026 en la modalidad dirigida a personas con especiales dificultades formativas o de inserción laboral, y para los cursos 2025/2026 y 2026/2027 en la modalidad dirigida a personas con necesidades educativas o formativas especiales.
80 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 110
Martes 10 de junio de 2025

33336

2. E
 l proyecto educativo incluirá además las programaciones didácticas de cada uno de los
módulos, que, en su caso, desarrolle y concrete el currículo establecido por la Consejería
Educación, Ciencia y Formación Profesional.
3. L
 as programaciones didácticas son instrumentos específicos de planificación, desarrollo y
evaluación de cada módulo e incluirán:
a) Las características propias del módulo, incluyendo sus resultados de aprendizaje en la
entidad y en la empresa u organismo equiparado.
b) Los objetivos, la secuenciación de los contenidos por módulos y los criterios de
evaluación.
c) La metodología didáctica, la organización de tiempos, agrupamientos y espacios, los
materiales y recursos didácticos seleccionados y las medidas normalizadas y de apoyo
para dar respuesta a la diversidad del alumnado.
d) Las actividades complementarias o de aprendizaje no formal, diseñadas para responder
a los objetivos y contenidos del currículo, debiéndose reflejar el espacio, el tiempo y los
recursos que se utilicen.
e) P
 rocedimientos de evaluación del alumnado, así como los criterios de calificación y recuperación.
4. E
 l Servicio competente en materia de Inspección asesorará en la elaboración de las programaciones de los módulos de los Programas Formativos Específicos de Formación Profesional de Grado Básico y supervisará la aplicación de las mismas con el objeto de asegurar su
adecuación a la normativa aplicable y a las disposiciones contenidas en la presente resolución, con especial atención al cumplimiento de las obligaciones en materia de prevención
de riesgos laborales previo a la FEOE.
5. E
 l proyecto educativo deberá contar con el visto bueno de la Comisión de Seguimiento del
programa formativo.
Trigésimo octavo. Formación en Empresa u Organismo Equiparado (FEOE).
1. E
 l Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema
de Formación Profesional, regula la fase de Formación en Empresa u Organismo Equiparado
como parte integrada en el currículo previsto en cada oferta formativa estableciendo la necesidad de un Plan de Formación Individualizado a cada persona para garantizar la calidad
y contenido del mismo.