Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062352)
Resolución de 2 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de repoblación forestal para compensar las emisiones de dióxido de carbono sobre 151,78 ha en la finca Los Valles de Puerto Rey, ubicada en el término municipal de Alía, promovido por Valdepuercas, SL. Expte.: IA24/0959.
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NÚMERO 111
Miércoles 11 de junio de 2025
33687
En cuanto a la fase de explotación, dado que se implantará una masa forestal en suelo carente de cobertura arbórea, se producirán cambios en las características físicoquímicas de los suelos a largo plazo. La erosión se reducirá considerablemente con el
establecimiento de la repoblación. Asimismo, el documento ambiental aporta medidas
para paliar posibles afecciones al sistema edáfico.
3.3.4. Hábitats naturales, vegetación y fauna.
Los valores naturales reconocidos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad en la zona de actuación son los siguientes:
— Terreno de rañas (mesas llanas con limitaciones agronómicas) donde aparecen zonas
de siembra de cereal e importantes zonas de cultivo forestal de pinos y eucaliptos en
ambiente de monte mediterráneo sin hábitats naturales inventariados.
— Zona de campeo de diversas especies de aves (rapaces rupícolas y aves forestales)
y pequeñas especies protegidas propias de los hábitats forestales de repoblación o
monte mediterráneo (anfibios, reptiles, murciélagos y otros mamíferos, pequeñas
aves forestales, etc.), sin constancia de áreas sensibles.
En cuanto a la fauna, se considera que con las medidas contempladas en el informe
del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas y las incluidas en el
documento ambiental y otras que se incluyen en este informe se minimizará el impacto
con respecto a este factor.
En cuanto a otros impactos generados (molestias por ruidos, emisión de polvo, circulación de maquinaria y vehículos, posibles vertidos), podrán ser mitigados y considerados
compatibles siempre y cuando se cumplan las medidas establecidas al efecto tanto en
el presente informe, así como las indicadas en el documento ambiental.
El informe técnico forestal emitido por el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal, sin
hacer referencia a la idoneidad de las especies propuestas para la repoblación, incluye
una serie de medidas en cuanto a protección frente a la erosión y a los trabajos de repoblación.
El documento ambiental propone una serie de medidas, entre otras, con objeto de protección de fauna y flora, se considera que aplicando estas medidas y las propuestas en
los informes recabados no se causarán afecciones significativas.
3.3.5. Paisaje.
El paisaje sufrirá modificaciones de carácter permanente dado que se transformará
una zona de tierras de labor y pastos a terrenos repoblados con especies forestales.
Miércoles 11 de junio de 2025
33687
En cuanto a la fase de explotación, dado que se implantará una masa forestal en suelo carente de cobertura arbórea, se producirán cambios en las características físicoquímicas de los suelos a largo plazo. La erosión se reducirá considerablemente con el
establecimiento de la repoblación. Asimismo, el documento ambiental aporta medidas
para paliar posibles afecciones al sistema edáfico.
3.3.4. Hábitats naturales, vegetación y fauna.
Los valores naturales reconocidos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad en la zona de actuación son los siguientes:
— Terreno de rañas (mesas llanas con limitaciones agronómicas) donde aparecen zonas
de siembra de cereal e importantes zonas de cultivo forestal de pinos y eucaliptos en
ambiente de monte mediterráneo sin hábitats naturales inventariados.
— Zona de campeo de diversas especies de aves (rapaces rupícolas y aves forestales)
y pequeñas especies protegidas propias de los hábitats forestales de repoblación o
monte mediterráneo (anfibios, reptiles, murciélagos y otros mamíferos, pequeñas
aves forestales, etc.), sin constancia de áreas sensibles.
En cuanto a la fauna, se considera que con las medidas contempladas en el informe
del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas y las incluidas en el
documento ambiental y otras que se incluyen en este informe se minimizará el impacto
con respecto a este factor.
En cuanto a otros impactos generados (molestias por ruidos, emisión de polvo, circulación de maquinaria y vehículos, posibles vertidos), podrán ser mitigados y considerados
compatibles siempre y cuando se cumplan las medidas establecidas al efecto tanto en
el presente informe, así como las indicadas en el documento ambiental.
El informe técnico forestal emitido por el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal, sin
hacer referencia a la idoneidad de las especies propuestas para la repoblación, incluye
una serie de medidas en cuanto a protección frente a la erosión y a los trabajos de repoblación.
El documento ambiental propone una serie de medidas, entre otras, con objeto de protección de fauna y flora, se considera que aplicando estas medidas y las propuestas en
los informes recabados no se causarán afecciones significativas.
3.3.5. Paisaje.
El paisaje sufrirá modificaciones de carácter permanente dado que se transformará
una zona de tierras de labor y pastos a terrenos repoblados con especies forestales.