Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062352)
Resolución de 2 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de repoblación forestal para compensar las emisiones de dióxido de carbono sobre 151,78 ha en la finca Los Valles de Puerto Rey, ubicada en el término municipal de Alía, promovido por Valdepuercas, SL. Expte.: IA24/0959.
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NÚMERO 111
Miércoles 11 de junio de 2025

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implementarse igualmente la red formada por nodos sensores u otras medidas, ya
que el fuego es posiblemente el principal riesgo para estas plantaciones.


— La plantación de fresnos (13,30 ha) quedará reservada para las escasas vaguadas y
en las proximidades de los cauces de arroyos, zonas húmedas y charcas.



— Cualquier actuación que se realice en el Dominio Público Hidráulico (DPH), así como
sus zonas de servidumbre y/o policía, deberá contar con la preceptiva autorización
de la Confederación Hidrográfica del Guadiana.



— Todas las maniobras de mantenimiento de la maquinaria se realizarán en instalaciones adecuadas para ello (cambios de aceite, lavados, etc.), evitando los posibles
vertidos accidentales al medio. Los aceites usados y residuos peligrosos que pueda
generar la maquinaria de la obra se recogerán y almacenarán en recipientes adecuados para su evacuación y tratamiento por gestor autorizado.



— Al finalizar los trabajos se deberá proceder a la retirada de cualquier material no
biodegradable, contaminante o perjudicial para la fauna de la zona, los cuales serán
almacenados en condiciones adecuadas de higiene y seguridad mientras se encuentren en su poder y entregados a un gestor autorizado para su adecuado tratamiento.



— En cuanto a prevención de incendios forestales, las técnicas necesarias para la ejecución del proyecto deberán contemplar los regímenes de intervención administrativa
(declaración responsable y/o precauciones específicas), junto con las medidas de
seguridad que sean establecidas en las órdenes de época de peligro vigentes en cada
momento.

4.3. Medidas en la fase de explotación.


— En relación a uno de los objetivos principales del proyecto, como es aumentar la
absorción de CO2 mediante la creación de una masa forestal que actúe como sumidero de carbono que permita compensar emisiones generadas por los propietarios
o terceros en el transcurso de su actividad, se indican a continuación una serie de
recomendaciones:



• El periodo mínimo de permanencia del proyecto será de 40 años, entendiéndose
este periodo como el tiempo durante el cual la promotora se compromete a gestionar la masa forestal y a garantizar su perduración en buenas condiciones.



• El proyecto debe contar con un plan de gestión que garantice al menos durante el
periodo de permanencia establecido, el éxito de la actuación y la existencia de una