Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2025040082)
Decreto 45/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la contratación de jóvenes como personal de apoyo a la investigación, "Programa Atraigo Talento", y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 115
Martes 17 de junio de 2025

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1. M
 antener el contrato objeto de subvención durante 12 meses, a jornada completa, contado
a partir de la fecha de inicio de la contratación.
Para el cumplimiento de la obligación del párrafo anterior, en el supuesto de extinción del
contrato de trabajo de la persona objeto de subvención, por cualquiera de los motivos establecidos en el Estatuto de los Trabajadores, la entidad beneficiaria deberá proceder a la
sustitución de la misma conforme a lo dispuesto en el presente decreto.
A los efectos de este decreto, únicamente se admitirá la reducción de la jornada cuando
esta se produzca en el ejercicio de los derechos individuales de las personas trabajadoras
previstos en el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores.
2. M
 antener a la persona trabajadora en códigos de cuenta de cotización adscritos a la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante un periodo mínimo de doce meses, contados a
partir de la fecha de alta.
3. P
 roporcionar a la persona contratada un trabajo efectivo relacionado con su perfil profesional.
4. E
 n el plazo de un mes desde la finalización del período subvencionado la entidad beneficiaria deberá aportar una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las
condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades
realizadas y de los resultados obtenidos. La memoria incluirá las actuaciones realizadas por
las personas participantes contratadas.
5. I nformar a las personas trabajadoras cuyo contrato sea objeto de subvención de dicha circunstancia. Si existiera representación legal de las personas trabajadoras en el organismo
beneficiario, también deberán informar a éstas de los contratos subvencionados.
6. F
 acilitar cuantos datos e información, en cuestiones relacionadas con las subvenciones
solicitadas o concedidas, les sean requeridos por el Servicio Extremeño Público de Empleo,
así como comunicar al mismo las incidencias y variaciones que se produzcan en relación
con aquéllas.
7. S
 ometerse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente y a cualesquiera otras actuaciones de comprobación y control financiero que realice la Autoridad
de Gestión, la Autoridad de Certificación, la Autoridad de Auditoria, el Organismo Intermedio, el Tribunal de Cuentas, los órganos de control de la Comisión Europea o el Tribunal de
Cuentas Europeo, de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable a la gestión de
las ayudas cofinanciadas con fondos comunitarios, aportando para ello cuanta información
le sea requerida.