Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025062400)
Resolución de 2 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Catelsa Cáceres, SA.
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NÚMERO 115
Martes 17 de junio de 2025

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de fin de semana será independiente de los acuerdos a los que se lleguen en cada unidad de
producción.
Toda persona que realice el horario de fin de semana (sábado y domingo) y que no esté obligado a ello por no estar especificado en las cláusulas de su contrato individual, lo realizará de
forma voluntaria y excepcional.
Los trabajadores con cláusula de fin de semana en su contrato que realizados los tres años
soliciten cambio de horario, podrán dejar de realizar tales horarios siempre y cuando exista
una bolsa de cien personas con este contrato para cubrir las necesidades de Producción.
La comisión Paritaria, trabajara en la fórmula a emplear para proceder a la incorporación de
estos trabajadores al turno de Fin de Semana
Se considerará que una persona trabajadora ha realizado tres años de fin de semana, cuando
este haya trabajado al menos 96 fines de semana.
Para aquellos trabajadores que realicen fines de semana (sábado y domingo), se estudiará
por la Dirección de fábrica la implantación de un cuarto turno para que pudieran librar un fin
de semana al mes. Dicho asunto será seguido en reuniones mensuales por la Comisión de
control de productividad y calidad.
Si se produjera la circunstancia de que cumplido los tres años de fin de semana y no existieran trabajadores, para atender el servicio, serían, los que en principio salieron al cumplir los
tres años, los que volverían a entrar en número necesario para cubrir las necesidades. Esta
incorporación se haría por menor antigüedad en la Empresa a igualdad de capacitación.
La Comisión Paritaria entenderá de todas las cuestiones que se puedan plantear en los turnos
de fin de semana fijándose el objetivo de establecer un procedimiento de incorporación a los
diferentes talleres de aquellos trabajadores que debieran hacerlo, en virtud de lo expuesto en
los párrafos anteriores.
Se rotará a los Trabajadores de Fines de Semana para que no se incorporen siempre las mismas personas, a excepción de los voluntarios. Este procedimiento se seguirá y se regulará
por la Comisión Paritaria.
Los operarios mayores de 55 años no trabajaran en turnos de fin de semana a excepción de
los voluntarios.
Asimismo, todas las secciones productivas de la fábrica podrán trabajar cuando las necesidades de la producción así lo aconsejen, en dos o tres turnos, manteniendo la proporcionalidad