Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025062400)
Resolución de 2 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Catelsa Cáceres, SA.
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NÚMERO 115
Martes 17 de junio de 2025
34617
Esta gratificación será abonada en la nómina de febrero del año siguiente al año en cuestión.
10. P
lus de festivo.
En lo referente a los festivos se acuerda:
1. L
os festivos son voluntarios. Se pondrá una lista en los talleres donde se podrán
apuntar libremente los interesados.
2. S
i se cobran horas extras no se percibirá ningún tipo de plus, ni se acumularán horas
de bolsa.
3. L
os festivos se compensarán de alguna de las siguientes maneras:
3.1. Horas extras.
3.2. 1,5 horas positivas por hora trabajada.
3.3. 8 Horas positivas + 75 euros (si son menos de 8 horas, se aplicaría la parte
proporcional en horas y en euros).
La empresa ofrecerá las posibles opciones de las anteriores y será la persona la que elija
si acepta o no.
Cualquier acuerdo diferente con respecto a lo anterior deberá ser comunicado previamente al comité.
11. Plus de desplazamiento.
Se percibirá este plus cuando las personas se encuentren de viaje por motivos de trabajo.
Lo percibirán aquellas personas cuyas funciones no requieran desplazarse habitualmente
por la naturaleza de su trabajo. Existe una lista validada por la dirección con las funciones
que percibirán dicho plus.
La cuantía del plus de desplazamiento será por día de desplazamiento y se encuentra detallada en el Anexo 1.
Artículo 13º. Condiciones de pago.
El pago de las nóminas se hará mensualmente mediante el abono en cuenta, abonándose el
mes cumplido entre los días 1 al 3 del mes siguiente, y se incluirá en dicho pago los conceptos
variables que se hayan generado hasta el día 25 del mes en curso. A todas las personas que lo
soliciten se abonará un anticipo a cuenta de cada mensualidad entre los días 15 y 20 de cada
Martes 17 de junio de 2025
34617
Esta gratificación será abonada en la nómina de febrero del año siguiente al año en cuestión.
10. P
lus de festivo.
En lo referente a los festivos se acuerda:
1. L
os festivos son voluntarios. Se pondrá una lista en los talleres donde se podrán
apuntar libremente los interesados.
2. S
i se cobran horas extras no se percibirá ningún tipo de plus, ni se acumularán horas
de bolsa.
3. L
os festivos se compensarán de alguna de las siguientes maneras:
3.1. Horas extras.
3.2. 1,5 horas positivas por hora trabajada.
3.3. 8 Horas positivas + 75 euros (si son menos de 8 horas, se aplicaría la parte
proporcional en horas y en euros).
La empresa ofrecerá las posibles opciones de las anteriores y será la persona la que elija
si acepta o no.
Cualquier acuerdo diferente con respecto a lo anterior deberá ser comunicado previamente al comité.
11. Plus de desplazamiento.
Se percibirá este plus cuando las personas se encuentren de viaje por motivos de trabajo.
Lo percibirán aquellas personas cuyas funciones no requieran desplazarse habitualmente
por la naturaleza de su trabajo. Existe una lista validada por la dirección con las funciones
que percibirán dicho plus.
La cuantía del plus de desplazamiento será por día de desplazamiento y se encuentra detallada en el Anexo 1.
Artículo 13º. Condiciones de pago.
El pago de las nóminas se hará mensualmente mediante el abono en cuenta, abonándose el
mes cumplido entre los días 1 al 3 del mes siguiente, y se incluirá en dicho pago los conceptos
variables que se hayan generado hasta el día 25 del mes en curso. A todas las personas que lo
soliciten se abonará un anticipo a cuenta de cada mensualidad entre los días 15 y 20 de cada