Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025062400)
Resolución de 2 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Catelsa Cáceres, SA.
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NÚMERO 115
Martes 17 de junio de 2025
34635
— Mérito: Valorará la actitud demostrada por los candidatos a lo largo del tiempo de servicio prestado a la empresa.
— La inexistencia de sanciones en un periodo de al menos dos años anteriores a la convocatoria.
— Un índice de absentismo inferior al 5% de la jornada anual pactada A los efectos del
presente párrafo, no se computarán para determinar el grado de absentismo, las ausencias derivadas de participación en huelgas legales, permisos por utilización de horas
sindicales y permisos por maternidad, situaciones de riesgo durante el embarazo y
enfermedades causadas por el embarazo, parto o lactancia, accidente, matrimonio y
hospitalización.
— La participación en grupos de mejora u otras actividades de similar exigencia cooperativa dentro de la empresa.
— Su pertenencia o haber pertenecido al mismo Taller o Departamento.
— Su experiencia en el desempeño de tareas similares.
Las personas con nivel de aprendiz de producción que tengan una antigüedad de 6 meses pasarán a ser operarios de producción.
Las personas de ETT con antigüedad superior a 6 meses y que sean incorporados a la
plantilla serán considerados con experiencia suficiente como para adquirir el nivel de
Operario de producción u oficial 1ª de mantenimiento en el momento del contrato CATELSA.
— La evaluación de la Capacidad de los candidatos se realizará mediante las pruebas (entrevista individual, pruebas psicológicas y/o técnicas) que se determinen por el Departamento de Recursos Humanos. De cuyo resultado final se informará a los representantes de los trabajadores, respetando siempre el derecho a la intimidad de los candidatos.
— Una comisión formada por la representación de los trabajadores y la Empresa evaluará,
de manera objetiva, los méritos aportados por cada candidato, de acuerdo con los puntos relativos al mérito, establecidos más arriba.
— La integración de ambos resultados dará como resultado final la designación del candidato más idóneo para el puesto. En el caso de comprobarse de que ninguno de los
candidatos reúne los requisitos necesarios para el desempeño del puesto de trabajo, se
procederá a la contratación exterior.
— En ambos casos se establecerán los periodos de prueba correspondiente; para la contratación exterior los previstos en la legislación vigente, y en el caso de la promoción
interna los siguientes:
Martes 17 de junio de 2025
34635
— Mérito: Valorará la actitud demostrada por los candidatos a lo largo del tiempo de servicio prestado a la empresa.
— La inexistencia de sanciones en un periodo de al menos dos años anteriores a la convocatoria.
— Un índice de absentismo inferior al 5% de la jornada anual pactada A los efectos del
presente párrafo, no se computarán para determinar el grado de absentismo, las ausencias derivadas de participación en huelgas legales, permisos por utilización de horas
sindicales y permisos por maternidad, situaciones de riesgo durante el embarazo y
enfermedades causadas por el embarazo, parto o lactancia, accidente, matrimonio y
hospitalización.
— La participación en grupos de mejora u otras actividades de similar exigencia cooperativa dentro de la empresa.
— Su pertenencia o haber pertenecido al mismo Taller o Departamento.
— Su experiencia en el desempeño de tareas similares.
Las personas con nivel de aprendiz de producción que tengan una antigüedad de 6 meses pasarán a ser operarios de producción.
Las personas de ETT con antigüedad superior a 6 meses y que sean incorporados a la
plantilla serán considerados con experiencia suficiente como para adquirir el nivel de
Operario de producción u oficial 1ª de mantenimiento en el momento del contrato CATELSA.
— La evaluación de la Capacidad de los candidatos se realizará mediante las pruebas (entrevista individual, pruebas psicológicas y/o técnicas) que se determinen por el Departamento de Recursos Humanos. De cuyo resultado final se informará a los representantes de los trabajadores, respetando siempre el derecho a la intimidad de los candidatos.
— Una comisión formada por la representación de los trabajadores y la Empresa evaluará,
de manera objetiva, los méritos aportados por cada candidato, de acuerdo con los puntos relativos al mérito, establecidos más arriba.
— La integración de ambos resultados dará como resultado final la designación del candidato más idóneo para el puesto. En el caso de comprobarse de que ninguno de los
candidatos reúne los requisitos necesarios para el desempeño del puesto de trabajo, se
procederá a la contratación exterior.
— En ambos casos se establecerán los periodos de prueba correspondiente; para la contratación exterior los previstos en la legislación vigente, y en el caso de la promoción
interna los siguientes: