Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025062400)
Resolución de 2 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Catelsa Cáceres, SA.
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NÚMERO 115
Martes 17 de junio de 2025
34645
máxima y debida diligencia cualquier situación de acoso que pudiera surgir. En tales casos,
la empresa empleará plenamente sus poderes directivos y disciplinarios para poner fin a
dichas conductas y preservar un ambiente laboral inclusivo.
Dado que reconocemos la posibilidad de enfrentar casos de doble acoso, dirigido, por
ejemplo, hacia lesbianas, transexuales, o bisexuales, este protocolo está estrechamente
vinculado al protocolo contra el acoso sexual y por razón de sexo. Ambos protocolos se
complementan y, la estructura de las comisiones que emanan de ellos es idéntica, evitando
duplicidades y garantizando una respuesta eficaz y coherente ante situaciones de discriminación.
2. Á
mbito de aplicación.
1. A
lcance Integral.
Las disposiciones contenidas en este protocolo tienen un alcance integral y se aplican a
todas las personas vinculadas con CATELSA CACERES S.A, sin importar el tipo de relación
jurídica que las una a la organización. Esta aplicación abarca no solo a la plantilla laboral,
sino también a cualquier personal que mantenga una relación asimilable y desempeñe sus
funciones dentro del ámbito organizativo de la empresa.
2. E
mpresas colaboradoras.
Asimismo, estas disposiciones se extienden a los trabajadores de empresas subcontratadas
por Catelsa Cáceres, SA, en cumplimiento del artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales. Este ámbito de aplicación incluye a aquellos
cuyo servicio esté relacionado con la cooperación entre empresas y que se encuentren
involucrados en actividades dentro de nuestra organización.
3. R
elaciones comerciales.
El alcance de este protocolo se amplía para incluir a aquellas personas que, aunque no formen parte directa de CATELSA CACERES S.A, se relacionan con ella en virtud de su trabajo.
Esto engloba a clientes/as, proveedores/as y personas que solicitan un puesto de trabajo,
asegurando un entorno de respeto y no discriminación en todas las interacciones laborales.
4. N
otificación a empresas externas.
En situaciones en las que personal ajeno a la empresa se vea implicado, se notificará el
incidente a las respectivas empresas correspondientes. Esto permitirá que cada entidad
adopte las medidas necesarias según su criterio y políticas internas.
Martes 17 de junio de 2025
34645
máxima y debida diligencia cualquier situación de acoso que pudiera surgir. En tales casos,
la empresa empleará plenamente sus poderes directivos y disciplinarios para poner fin a
dichas conductas y preservar un ambiente laboral inclusivo.
Dado que reconocemos la posibilidad de enfrentar casos de doble acoso, dirigido, por
ejemplo, hacia lesbianas, transexuales, o bisexuales, este protocolo está estrechamente
vinculado al protocolo contra el acoso sexual y por razón de sexo. Ambos protocolos se
complementan y, la estructura de las comisiones que emanan de ellos es idéntica, evitando
duplicidades y garantizando una respuesta eficaz y coherente ante situaciones de discriminación.
2. Á
mbito de aplicación.
1. A
lcance Integral.
Las disposiciones contenidas en este protocolo tienen un alcance integral y se aplican a
todas las personas vinculadas con CATELSA CACERES S.A, sin importar el tipo de relación
jurídica que las una a la organización. Esta aplicación abarca no solo a la plantilla laboral,
sino también a cualquier personal que mantenga una relación asimilable y desempeñe sus
funciones dentro del ámbito organizativo de la empresa.
2. E
mpresas colaboradoras.
Asimismo, estas disposiciones se extienden a los trabajadores de empresas subcontratadas
por Catelsa Cáceres, SA, en cumplimiento del artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales. Este ámbito de aplicación incluye a aquellos
cuyo servicio esté relacionado con la cooperación entre empresas y que se encuentren
involucrados en actividades dentro de nuestra organización.
3. R
elaciones comerciales.
El alcance de este protocolo se amplía para incluir a aquellas personas que, aunque no formen parte directa de CATELSA CACERES S.A, se relacionan con ella en virtud de su trabajo.
Esto engloba a clientes/as, proveedores/as y personas que solicitan un puesto de trabajo,
asegurando un entorno de respeto y no discriminación en todas las interacciones laborales.
4. N
otificación a empresas externas.
En situaciones en las que personal ajeno a la empresa se vea implicado, se notificará el
incidente a las respectivas empresas correspondientes. Esto permitirá que cada entidad
adopte las medidas necesarias según su criterio y políticas internas.