Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Espacios Escénicos. Ayudas. (2025062410)
Resolución de 28 de mayo de 2025, de la Secretaría General, de convocatoria de las ayudas destinadas al funcionamiento de espacios escénicos de gestión privada para el año 2025.
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NÚMERO 115
Martes 17 de junio de 2025

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b) Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del
acreedor y del documento, su importe con desglose del IVA correspondiente, concepto,
fecha de emisión y fecha del pago. En el caso de que se hayan producido desviaciones
respecto al presupuesto inicial, deberán ser indicadas y explicadas de conformidad con
los anexos II (” Resumen”) y anexo III (“Desglose de facturas”).
c) Una relación de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y la procedencia.
d) En su caso, carta de pago de reintegro, en el supuesto de remanentes no aplicados, así
como de los intereses derivados de los mismos.
Decimoctavo. De la subcontratación de la actividad subvencionada.
Las empresas beneficiarias deberán gestionar y realizar de forma directa los programas subvencionados, no pudiendo ser objeto de subcontratación las actividades que constituyan el
objetivo esencial de los mismos.
Decimonoveno. Publicidad de la subvención.
En toda publicidad que se genere por las inversiones (programación) objeto de ayuda se
adoptarán las medidas de identificación, información y publicidad necesarias en cumplimiento
de lo previsto en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de
inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura. Se debe colocar una placa,
valla o panel informativo en el lugar donde se realicen las actuaciones que constituyan la justificación del otorgamiento de la ayuda, según las medidas indicadas en el citado decreto, con
la mención de que la inversión está financiada en parte por la Junta de Extremadura.
Deben cumplirse, asimismo, el resto de los requisitos establecidos en el citado decreto y deberá constar en lugar destacado que se trata de una obra o actividad subvencionada por la
Junta de Extremadura, de acuerdo con las especificaciones contenidas en el Manual de Identidad Corporativa de la Junta de Extremadura en vigor.
Vigésimo. Obligaciones de los beneficiarios.
1. L
 as empresas beneficiarias de las ayudas reguladas en esta resolución deberán, con carácter general:
a) Cumplir con la programación propuesta de conformidad con los plazos establecidos.
b) Justificar la ayuda concedida en los términos, forma y plazos establecidos.