Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062425)
Resolución de 4 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de puesta en riego de 14,19 ha de viñedo, en el polígono 201 parcela 9, del término municipal de Badajoz (Badajoz), promovido por Juan Francisco Franganillo García. Expte.: IA22/1906.
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NÚMERO 116
35125
Miércoles 18 de junio de 2025
B.3. Trámite de consultas a las personas interesadas.
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 67 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General de
Sostenibilidad, además de a las Administraciones Públicas afectadas, también consultó a
las personas, físicas o jurídicas, públicas o privadas, interesadas o vinculadas con el medio
ambiente. Las consultas realizadas se relacionan en la tabla adjunta.
RELACIÓN DE CONSULTADOS
RESPUESTAS
Ecologistas en Acción
-
Ecologistas Extremadura
-
Sociedad Española de Ornitología (SEO/Birdlife)
-
Asociación para la Defensa de la Naturaleza y de los Recursos de Extremadura
(ADENEX)
-
Fundación Naturaleza y Hombre
-
AMUS
-
Greenpeace
-
No se ha recibido respuesta por su parte.
C. Resumen del análisis técnico del expediente.
Con fecha 05/02/2024, la Dirección General de Sostenibilidad remite al promotor el resultado de las alegaciones y respuestas recibidas como resultado del trámite de información
pública y consultas a las Administraciones Públicas afectadas y personas interesadas, en
cumplimiento del artículo 68 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, para su consideración, en su caso, en la nueva
versión del proyecto y en el estudio de impacto ambiental.
Con fecha 08/03/2024, el promotor remite una nueva versión del estudio de impacto ambiental en cumplimiento con el artículo 69 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Desde la Dirección General de Sostenibilidad, una vez completado formalmente el expediente de impacto ambiental, se inicia el análisis técnico del mismo conforme al artículo 70
de la precitada ley.
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Miércoles 18 de junio de 2025
B.3. Trámite de consultas a las personas interesadas.
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 67 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General de
Sostenibilidad, además de a las Administraciones Públicas afectadas, también consultó a
las personas, físicas o jurídicas, públicas o privadas, interesadas o vinculadas con el medio
ambiente. Las consultas realizadas se relacionan en la tabla adjunta.
RELACIÓN DE CONSULTADOS
RESPUESTAS
Ecologistas en Acción
-
Ecologistas Extremadura
-
Sociedad Española de Ornitología (SEO/Birdlife)
-
Asociación para la Defensa de la Naturaleza y de los Recursos de Extremadura
(ADENEX)
-
Fundación Naturaleza y Hombre
-
AMUS
-
Greenpeace
-
No se ha recibido respuesta por su parte.
C. Resumen del análisis técnico del expediente.
Con fecha 05/02/2024, la Dirección General de Sostenibilidad remite al promotor el resultado de las alegaciones y respuestas recibidas como resultado del trámite de información
pública y consultas a las Administraciones Públicas afectadas y personas interesadas, en
cumplimiento del artículo 68 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, para su consideración, en su caso, en la nueva
versión del proyecto y en el estudio de impacto ambiental.
Con fecha 08/03/2024, el promotor remite una nueva versión del estudio de impacto ambiental en cumplimiento con el artículo 69 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Desde la Dirección General de Sostenibilidad, una vez completado formalmente el expediente de impacto ambiental, se inicia el análisis técnico del mismo conforme al artículo 70
de la precitada ley.