Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025062451)
Resolución de 10 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de la empresa Urbaser, SA, con su personal adscrito al servicio de limpieza viaria y recogida de residuos sólidos urbanos de Navalmoral de la Mata.
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NÚMERO 117
Jueves 19 de junio de 2025

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— 2025: Incremento salarial del 2% sobre tablas salariales 2024.
— 2026: Incremento salarial del 2% sobre tablas salariales 2025.
— 2027: Incremento salarial del 2,5% para el Peón y Auxiliar Administrativo y del 3% para
el resto de las categorías, todo ello respecto tablas salariales 2026.
— 2028: Incremento salarial del 2,5% para el Peón y Auxiliar Administrativo y del 3% para
el resto de las categorías, todo ello respecto tablas salariales 2027.
Artículo 14. Pluses.
Todo el personal acogido al presente Convenio recibirá en concepto de pluses las cantidades
expresadas en el Anexo I.
Al personal que tenga que realizar labores que resulten excepcionalmente penosas, tóxicas
o peligrosas se les abonará una bonificación del 20% sobre el salario base como plus toxico.
Artículo 15. Salario base.
Se entenderá por sueldo base la retribución correspondiente, en cada una de las funciones
profesionales a una actividad normal por unidad de tiempo, durante la jornada de trabajo
fijada en este Convenio.
Artículo 16. Antigüedad.
Todo el personal percibirá en concepto de antigüedad, según se determina en las siguientes
escalas:
— A los 4 años: 6 %.
— A los 8 años: 10 %.
— A los 12 años: 15 %.
— A los 20 años: 30 %.
— A los 25 años: 45 %.
Estos porcentajes se computarán desde la fecha de ingreso en la Empresa y se abonarán
desde el 1 de enero del año en que se cumplan y, se calcularán sobre el salario base en doce
mensualidades.