Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Agrupaciones De Entidades Locales. (2025062476)
Resolución de 13 de junio de 2025, de la Dirección General de Administración Local, por la que se aprueba la disolución de la agrupación secretarial de las entidades locales de Robledillo de Trujillo y Santa Ana, ambas de la provincia de Cáceres, que fue constituida para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría, así como la clasificación de los puestos resultantes.
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NÚMERO 118
35488
Viernes 20 de junio de 2025
Por su parte, tanto la eficacia de la modificación operada en la relación de puestos de trabajo
y plantillas de personal de las entidades, así como la disolución de la agrupación, quedan
condicionadas al acto formal aprobación de la disolución de la agrupación y de clasificación
de los puestos resultantes que ha de emanar de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y
a su publicación en el Diario Oficial para general conocimiento.
Vista la propuesta de resolución favorable emitida por el Servicio de Régimen Jurídico de
Administración Local, cumplidos los requisitos exigidos por las disposiciones vigentes para la
disolución de las Agrupaciones de municipios para el sostenimiento en común del puesto de
Secretaría, y en uso de las atribuciones que confiere la normativa antes citada, esta Dirección
General,
RESUELVE:
Primero. Aprobar la disolución de la agrupación de secretaría de entidades locales, formada
por los municipios de Robledillo de Trujillo y Santa Ana, provincia de Cáceres, que se había
constituido para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría.
Segundo. Clasificar el puesto de trabajo denominado Secretaría, creado por el Ayuntamiento de Robledillo de Trujillo, como Secretaría de clase tercera, reservado a funcionarios de la
Escala de Administración Local con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la Subescala de Secretaría Intervención, forma de provisión el concurso de méritos sin que conste
que haya sido aprobados méritos específicos a efectos del concurso ordinario.
Tercero. Clasificar el puesto de trabajo denominado Secretaría, creado por el Ayuntamiento
de Santa Ana, como Secretaría de clase tercera, reservado a funcionarios de la Escala de
Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría-Intervención, y forma de provisión el concurso de méritos, sin que conste que haya sido aprobados
méritos específicos a efectos del concurso ordinario.
Cuarto. Conferir la adscripción temporal en comisión de servicios a D. Ángel Domínguez
Pérez, titular del puesto de Secretaría-Intervención de la Agrupación de Gargantilla-Segura
del Toro (Cáceres), para el desempeño temporal de las funciones correspondientes al puesto
de Secretaría-Intervención, clase tercera, del Ayuntamiento de Robledillo de Trujillo, otorgándose por razones de necesidad y urgencia en los términos establecidos en el artículo 51,
párrafo 1º, del Real Decreto 128/2018, de 26 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitados de carácter nacional, durante
el tiempo restante previsto en la Resolución de la Dirección General de Administración Local
de 7 de marzo de 2025, por la que se confería adscripción temporal en comisión de servicios
en la agrupación que se extingue, prorrogable por otro año más a petición de la entidad local
interesada (Ayuntamiento de Robledillo de Trujillo) o, en su caso, hasta su provisión definitiva.
35488
Viernes 20 de junio de 2025
Por su parte, tanto la eficacia de la modificación operada en la relación de puestos de trabajo
y plantillas de personal de las entidades, así como la disolución de la agrupación, quedan
condicionadas al acto formal aprobación de la disolución de la agrupación y de clasificación
de los puestos resultantes que ha de emanar de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y
a su publicación en el Diario Oficial para general conocimiento.
Vista la propuesta de resolución favorable emitida por el Servicio de Régimen Jurídico de
Administración Local, cumplidos los requisitos exigidos por las disposiciones vigentes para la
disolución de las Agrupaciones de municipios para el sostenimiento en común del puesto de
Secretaría, y en uso de las atribuciones que confiere la normativa antes citada, esta Dirección
General,
RESUELVE:
Primero. Aprobar la disolución de la agrupación de secretaría de entidades locales, formada
por los municipios de Robledillo de Trujillo y Santa Ana, provincia de Cáceres, que se había
constituido para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría.
Segundo. Clasificar el puesto de trabajo denominado Secretaría, creado por el Ayuntamiento de Robledillo de Trujillo, como Secretaría de clase tercera, reservado a funcionarios de la
Escala de Administración Local con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la Subescala de Secretaría Intervención, forma de provisión el concurso de méritos sin que conste
que haya sido aprobados méritos específicos a efectos del concurso ordinario.
Tercero. Clasificar el puesto de trabajo denominado Secretaría, creado por el Ayuntamiento
de Santa Ana, como Secretaría de clase tercera, reservado a funcionarios de la Escala de
Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría-Intervención, y forma de provisión el concurso de méritos, sin que conste que haya sido aprobados
méritos específicos a efectos del concurso ordinario.
Cuarto. Conferir la adscripción temporal en comisión de servicios a D. Ángel Domínguez
Pérez, titular del puesto de Secretaría-Intervención de la Agrupación de Gargantilla-Segura
del Toro (Cáceres), para el desempeño temporal de las funciones correspondientes al puesto
de Secretaría-Intervención, clase tercera, del Ayuntamiento de Robledillo de Trujillo, otorgándose por razones de necesidad y urgencia en los términos establecidos en el artículo 51,
párrafo 1º, del Real Decreto 128/2018, de 26 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitados de carácter nacional, durante
el tiempo restante previsto en la Resolución de la Dirección General de Administración Local
de 7 de marzo de 2025, por la que se confería adscripción temporal en comisión de servicios
en la agrupación que se extingue, prorrogable por otro año más a petición de la entidad local
interesada (Ayuntamiento de Robledillo de Trujillo) o, en su caso, hasta su provisión definitiva.