Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062472)
Resolución de 16 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y la Sociedad Española de Estudios Clásicos por el que se concede una subvención directa para la organización y desarrollo de la XIX Olimpiada de Lenguas Clásicas y la XVI Olimpiada de Mundo Clásico en la Comunidad Autónoma Extremadura.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 118
Viernes 20 de junio de 2025

35519

6. L
 os gastos de desplazamiento correrán a cargo de los centros.
Sexta. Aportaciones.
1. L
 a Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional realizará una aportación económica para la organización y desarrollo de las actividades descritas anteriormente de SIETE MIL EUROS (7.000,00 euros). El referido importe, se imputará con cargo a la aplicación
presupuestaria 130020000/G/222G/48000, fondo CAG0000001 y proyecto de financiación
20080187, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura
para 2024, prorrogados mediante Orden de 6 de febrero de 2025.
2. D
 icha aportación económica será abonada a la Sociedad Española de Estudios Clásicos de
la siguiente forma:
a) Un 50%, es decir, TRES MIL QUINIENTOS EUROS (3.500 €) a la firma del presente convenio, cuyo abono se propondrá por la Consejería de Educación, Ciencia y Formación
Profesional y se hará efectivo por la Consejería de Hacienda y Administración Pública en
el plazo que resulte de su sistema contable.
b) Y el 50% restante, es decir, TRES MIL QUINIENTOS EUROS (3.500 €), cuando se aporte
por la Sociedad Española de Estudios Clásicos la justificación total de gastos establecida
en el punto cuarto de la presente estipulación, que si resultara en cantidad menor que la
aportación estipulada en el presente convenio conllevará la minoración de dicha diferencia de este segundo abono a efectuar, que se propondrá por la Consejería de Educación,
Ciencia y Formación Profesional, haciéndose efectivo por la Consejería de Hacienda y
Administración Pública en el plazo que resulte de su sistema contable.
3. D
 e conformidad con lo dispuesto en el artículo 21, apartado 1.a), de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la SEEC está
exenta de prestar garantía por los pagos anticipados.
4. L
 a Sociedad Española de Estudios Clásicos justificará a la Consejería de Educación, Ciencia
y Formación Profesional las cantidades invertidas mediante la presentación de copias electrónicas auténticas de las facturas y demás documentos acreditativos de los gastos y pagos
efectuados, antes del 15 de diciembre de 2025 junto a la Memoria de actividades realizadas. A estos efectos, serán justificables los gastos realizados durante el ejercicio 2025.
Séptima. Compatibilidad.
La subvención prevista en este convenio será compatible con las concedidas por cualquier
Administración Pública o por otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales.