Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062458)
Resolución de 4 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de construcción de conjunto turístico, cuya promotora es Ges Raíces, SA, en el término municipal de Villanueva de la Vera. Expte.: IA24/2211.
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NÚMERO 118
Viernes 20 de junio de 2025
35611
provocar la degradación de la calidad de los parches de hábitats naturales presentes. Por
otro lado, el Arroyo de la Fuente del Cura es un cauce incluido en espacio Natura 2000
y está ubicado a escasos metros del proyecto, por tanto, se garantizará que el conjunto
turístico no genere vertidos ni lixiviados a las masas de agua. También se evitará cualquier actuación que degrade los ecosistemas riparios que albergan fresnedas y alisedas
que acogen a especies típicas asociadas a masas de agua; herpetofauna, invertebrados,
avifauna, etc. Por ello se informa favorablemente las actuaciones proyectadas, ya que
no son susceptibles de afectar de forma apreciable directa o indirectamente, a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, ni se prevén afecciones significativas sobre especies
o hábitats protegidos siempre que se cumplan las medidas preventivas, correctoras y
complementarias indicadas: Si durante la realización de las actividades o durante la fase
de funcionamiento se detectara la presencia o molestias a alguna especie incluida en el
Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001; DOE n.º 30, de
13 de marzo de 2001) que pudiera verse afectada por los mismos, se estará a lo dispuesto por los técnicos de la Dirección General de Sostenibilidad, previa comunicación
de tal circunstancia; Para la ubicación del parque temporal de maquinaria u otras ocupaciones temporales durante la obra, se respetarán las zonas bien conservadas. Una vez
finalizada la obra, se llevará a cabo la restauración de la cubierta vegetal en estas zonas
con especies pratenses; gramíneas y leguminosas prioritariamente, y en una proporción
suficiente para asegurar la regeneración del espacio; Se realizará una adecuada integración paisajística de las construcciones y/o instalaciones proyectadas (colores naturales,
evitar materiales reflectantes en depósitos, cubiertas, etc.), justificando su adecuación
a las características naturales y culturales del paisaje, respetándose respetarse el campo
visual y la armonía del conjunto; se priorizará el uso de los caminos ya existentes frente
a la creación de otros nuevos; el ancho de rodadura de los caminos vehiculares proyectados por el interior de la parcela debe tener una ocupación máxima de 3,5 metros
de anchura, incluyendo las cunetas. Igualmente, los caminos peatonales no superarán
el ancho de 1,20 metros; Tal y como indica el proyecto, se respetarán todos los pies
arbolado adulto autóctono presentes (robles, castaños, encinas, fresnos; etc.) para la
ejecución de las obras de los módulos de apartamentos. En el caso de ser necesario
la corta de algún ejemplar será preceptivo contar previamente con la autorización del
Servicio de Ordenación y Gestión Forestal correspondiente; se llevará a cabo la poda de
las ramas que invadan el vuelo de los edificios, respetando las ramas que pudieran estar
por encima de 5 metros de altura. Todas las podas se sellarán con material cicatrizante;
en las revegetaciones y ajardinamientos no se podrán emplear especies introducidas y/o
potencialmente invasoras, con el objetivo de evitar riesgos en relación con invasiones
biológicas. Se tendrá en cuenta que las plantas no sean ninguna de las contempladas en
el RD 630/2013 por el que se regula el catálogo español de especies exóticas invasoras;
en lo que respecta a las aguas residuales procedentes de las infraestructuras presentes,
Viernes 20 de junio de 2025
35611
provocar la degradación de la calidad de los parches de hábitats naturales presentes. Por
otro lado, el Arroyo de la Fuente del Cura es un cauce incluido en espacio Natura 2000
y está ubicado a escasos metros del proyecto, por tanto, se garantizará que el conjunto
turístico no genere vertidos ni lixiviados a las masas de agua. También se evitará cualquier actuación que degrade los ecosistemas riparios que albergan fresnedas y alisedas
que acogen a especies típicas asociadas a masas de agua; herpetofauna, invertebrados,
avifauna, etc. Por ello se informa favorablemente las actuaciones proyectadas, ya que
no son susceptibles de afectar de forma apreciable directa o indirectamente, a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, ni se prevén afecciones significativas sobre especies
o hábitats protegidos siempre que se cumplan las medidas preventivas, correctoras y
complementarias indicadas: Si durante la realización de las actividades o durante la fase
de funcionamiento se detectara la presencia o molestias a alguna especie incluida en el
Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001; DOE n.º 30, de
13 de marzo de 2001) que pudiera verse afectada por los mismos, se estará a lo dispuesto por los técnicos de la Dirección General de Sostenibilidad, previa comunicación
de tal circunstancia; Para la ubicación del parque temporal de maquinaria u otras ocupaciones temporales durante la obra, se respetarán las zonas bien conservadas. Una vez
finalizada la obra, se llevará a cabo la restauración de la cubierta vegetal en estas zonas
con especies pratenses; gramíneas y leguminosas prioritariamente, y en una proporción
suficiente para asegurar la regeneración del espacio; Se realizará una adecuada integración paisajística de las construcciones y/o instalaciones proyectadas (colores naturales,
evitar materiales reflectantes en depósitos, cubiertas, etc.), justificando su adecuación
a las características naturales y culturales del paisaje, respetándose respetarse el campo
visual y la armonía del conjunto; se priorizará el uso de los caminos ya existentes frente
a la creación de otros nuevos; el ancho de rodadura de los caminos vehiculares proyectados por el interior de la parcela debe tener una ocupación máxima de 3,5 metros
de anchura, incluyendo las cunetas. Igualmente, los caminos peatonales no superarán
el ancho de 1,20 metros; Tal y como indica el proyecto, se respetarán todos los pies
arbolado adulto autóctono presentes (robles, castaños, encinas, fresnos; etc.) para la
ejecución de las obras de los módulos de apartamentos. En el caso de ser necesario
la corta de algún ejemplar será preceptivo contar previamente con la autorización del
Servicio de Ordenación y Gestión Forestal correspondiente; se llevará a cabo la poda de
las ramas que invadan el vuelo de los edificios, respetando las ramas que pudieran estar
por encima de 5 metros de altura. Todas las podas se sellarán con material cicatrizante;
en las revegetaciones y ajardinamientos no se podrán emplear especies introducidas y/o
potencialmente invasoras, con el objetivo de evitar riesgos en relación con invasiones
biológicas. Se tendrá en cuenta que las plantas no sean ninguna de las contempladas en
el RD 630/2013 por el que se regula el catálogo español de especies exóticas invasoras;
en lo que respecta a las aguas residuales procedentes de las infraestructuras presentes,