Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2025AC0049)
Acuerdo de 27 de junio de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva parcial del Plan General Municipal de Monesterio.
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NÚMERO 119

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Lunes 23 de junio de 2025

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del fondo de la edificación en que se encuentren y un mínimo de tres metros,
pudiendo acumular su volumen en la edificación.


Los pasajes a crear se procurará hacerlos en prolongación de calles existentes o de otros
pasajes, como sendas o vías peatonales y rectilíneas visualmente identificables, y los
patios de luces interiores hacerlos coincidir en la vertical del pasaje.

Artículo 2.2.3. Las Ordenanzas Municipales

Las Ordenanzas Municipales de Policía de la Edificación y de la Urbanización tienen por objeto
completar la ordenación urbanística establecida por los instrumentos de planeamiento en aquellos
contenidos que no forman parte necesariamente de la regulación establecida en este Plan General,
conforme a la legislación urbanística. El contenido de las Ordenanzas debe ser coherente y compatible
con las determinaciones de los Planes y, en su caso, con los correspondientes Criterios de Ordenación
Urbanística.
De igual forma, se podrán desarrollar todas aquellas Ordenanzas o disposiciones de carácter
general y de competencia ordinaria municipal, que regulen aspectos determinados relacionados con
los procedimientos de otorgamiento de licencias, declaración de ruina, obras de conservación, así
como con aquellos otros asuntos de competencia municipal.
La tramitación de las Ordenanzas Municipales, en tanto no implique modificación o revisión del
Plan General, se llevará a cabo con arreglo al procedimiento establecido por el artículo 49 de la Ley
Reguladora de las Bases de Régimen Local, Ley 7/85, de 2 de Abril, y, en consecuencia, su aprobación
definitiva corresponderá al Ayuntamiento de Monesterio.