Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2025AC0049)
Acuerdo de 27 de junio de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva parcial del Plan General Municipal de Monesterio.
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NÚMERO 119

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Lunes 23 de junio de 2025

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Obras de rehabilitación: Se entiende por rehabilitación la actuación
efectuada en un edificio que presente unas condiciones inadecuadas para un uso
específico autorizado, por su estado de deterioro, sus deficiencias funcionales o su
distribución interior, y que tenga por finalidad su adecuación para ese uso a través de la
ejecución de obras que supongan la conservación mayoritaria o integral de la
configuración arquitectónica y disposición estructural originaria.



Obras de acondicionamiento: tienen por finalidad mejorar y adecuar las condiciones de
habitabilidad de un edificio o de parte de sus locales mediante la sustitución o
modernización de sus instalaciones, e incluso, la redistribución de su espacio interior,
manteniendo sus características morfológicas. Podrá autorizarse la apertura de nuevos
huecos, si así lo permite el cumplimiento de las restantes normas generales y las normas
zonales correspondientes.



Obras de reestructuración: son las encaminadas a una renovación incluso de los
elementos estructurales que impliquen variaciones del tipo de estructura, pudiendo incluir
la demolición de los elementos estructurales o en grado máximo, el vaciado del edificio
conservando las fachadas existentes al exterior, interior y patios y la línea y tipo de
cubierta.



Obras exteriores: son aquellas que sin estar incluidas en ninguno de los grupos anteriores
afectan, de forma puntual o limitada a la configuración o aspecto exterior de los edificios
sin alterar la volumetría ni la morfología general de los mismos.

Artículo 2.2.7. Proyectos de Demolición

Según impliquen o no la desaparición total de lo edificado, se dividen en:


Demolición total: cuando suponga la desaparición completa de un edificio, aunque en
la parcela sobre la que estuviera implantado permanezcan otros edificios, siempre que
estos puedan seguir funcionando independientemente.



Demolición parcial: cuando solamente se elimine parte de una edificación.