Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2025AC0049)
Acuerdo de 27 de junio de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva parcial del Plan General Municipal de Monesterio.
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NÚMERO 119

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Lunes 23 de junio de 2025

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Es aquel uso que comprende las actividades destinadas a la obtención,
elaboración, transformación y reparación de productos.
4.- Uso Dotacional (D).
Es aquel uso que comprende las actividades destinadas a dotar al ciudadano de los
equipamientos y servicios necesarios para garantizar el funcionamiento de la ciudad y del sistema
urbano, así como de su regulación administrativa, educación y cultura, salud, asistencia y bienestar
social. Las infraestructuras de telecomunicaciones tienen la consideración de equipamiento de carácter
básico según el artículo 49.2 de la Ley 11/2022 General de Telecomunicaciones.
El uso tendrá un carácter pormenorizado o detallado, el correspondiente a las diferentes
tipologías en pueden desagregarse los usos globales para cada zona o parcela, del suelo urbano
ordenado directamente por el Plan General.
Los instrumentos de ordenación subordinados asignarán pormenorizadamente los usos a las
áreas de Suelo Urbanizable y a las de Suelo Urbano que no ordene directamente el Plan General
Municipal. Los usos pormenorizados detallan el emplazamiento, condiciones y características de los usos
globales.
En Suelo No Urbanizable, el Plan General Municipal regula las actividades y usos permitidos o
autorizables a cada categoría de Suelo No Urbanizable, distinguiendo entre actividades y usos no
constructivos y aquellos otros que conllevan acciones edificatorias.
La regulación de usos urbanos aparece regulada dentro del TÍTULO IV Ordenación Detallada,
Capitulo 1 Condiciones Generales de los Usos de este Plan General, de los que las consideraciones
relativas a Usos Globales, Usos Compatibles y prohibidos, forman parte de las determinaciones
contenidas en la Ordenación Estructural, y los usos pormenorizados y principales formaran parte de la
ordenación detallada:

Usos globales y usos pormenorizados:
Por su grado de determinación en los distintos instrumentos de planeamiento los usos pueden
ser: Globales y Pormenorizados.
Uso Global es aquel que el Plan General Municipal asigna con carácter dominante a un sector
de suelo, correspondiendo a sectores básicos.
Uso Pormenorizado es aquel que el Plan General Municipal asigna a un área o sector de Suelo,
correspondiente a las distintas tipologías edificatorias en las que pueden desagregarse los usos globales.

A.

Uso principal, usos compatibles y usos prohibidos:
Por la idoneidad para su localización un uso puede ser considerado según esta normativa como:

uso principal, uso complementario y uso prohibido.
Uso Principal; Es aquel de implantación prioritaria en una determinada zona del territorio, es
decir, el que dispone de mayor superficie edificable computada en metros cuadrados de techo.