Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2025AC0049)
Acuerdo de 27 de junio de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva parcial del Plan General Municipal de Monesterio.
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NÚMERO 119
Lunes 23 de junio de 2025

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Sección Primera. Régimen Jurídico del Suelo No Urbanizable

Artículo 3.4.7. Estudios de Impacto Ambiental

En la tramitación de la calificación urbanística de una instalación o edificación, si las
circunstancias lo requiriesen, podrá solicitarse del promotor por parte del Ayuntamiento o Consejería
actuante, un Estudio de Evaluación del Impacto Ambiental justificativo de preservación del Medio Físico
en aquellos aspectos que queden afectados. Serán asimismo necesario estudios de impacto en todos
aquellos supuestos previstos en la Normativa concurrente aplicable, de acuerdo con la legislación
específica vigente en Extremadura en materia de Evaluación de Impacto Ambiental.
Asimismo, también será de aplicación la legislación básica estatal en relación con el
procedimiento de evaluación de impacto ambiental:
Los contenidos de los estudios de Impacto Ambiental podrán verse por las alteraciones en el
medio natural causados por una o varias de las siguientes cuestiones:


La situación de la instalación en el medio.



El volumen edificado, dimensiones, materiales empleados, colores, texturas de los
acabados, etc.



El tránsito de vehículos.



La emisión al medio ambiente de cualquier tipo de residuos.



El uso impropio del medio natural.



Cualquier otro fin específico podrá ser considerado por la Administración actuando con
objeto de lograr el tratamiento más adecuado.

Deberán someterse a los procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental detallado o
simplificado los proyectos, obras, actividades públicas o privadas detallados en la legislación específica
aplicable en la Comunidad Autónoma de Extremadura, independientemente de la clasificación del
suelo donde se ubiquen.
El método a emplear para la realización de los Estudios de Impacto Ambiental podrá ajustarse
al siguiente esquema básico orientativo:


Descripción breve de la actividad.



Examen de alternativas técnicamente viables y justificación de la solución adoptada.



Breve descripción del medio físico y natural.



Descripción de los efectos directos o indirectos que las acciones previstas en el Proyecto
puedan causar en el ecosistema.