Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2025AC0049)
Acuerdo de 27 de junio de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva parcial del Plan General Municipal de Monesterio.
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NÚMERO 119
Lunes 23 de junio de 2025

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Sección Segunda. Régimen de Usos del Suelo No Urbanizable

Artículo 3.4.9. Clases de Usos

Según su mayor o menor posibilidad de implantación en el Suelo No Urbanizable, los usos pueden
ser:
Usos característicos: Entendidos como usos propios de los suelos clasificados como No
Urbanizables, entendidos como la utilización y explotación agrícola, ganadera, forestal, cinegética o
análoga la que se destinan todos los terrenos conforme a su naturaleza, sin perjuicio de las limitaciones
que para cada uso concreto puedan establecerse en su regulación pormenorizada, así como de la
aplicación del resto de la normativa que le fuera de aplicación, y de obtener, en su caso, las licencias
o autorizaciones que para su desarrollo sean pertinentes.
Usos autorizables: Son aquellos que, previa calificación, pueden implantarse en esta clase de
suelos, siempre y cuando se acredite su admisibilidad por las normas particulares de cada zona del suelo
no urbanizable y su justificación y proporcionalidad específicamente en cada supuesto, al tiempo que
se asegure la eliminación o reducción admisible del impacto producido.

Artículo 3.4.10. Usos Característicos

El presente Plan considera usos característicos del Suelo No Urbanizable de Monesterio los que
engloben actividades ordinarias de producción agropecuaria, entendiendo por tales, las directamente
relacionadas con la explotación de los recursos vegetales del suelo y de la cría y reproducción de
especies animales. Se incluyen:


La ganadería extensiva o intensiva con animales estabulados.



La actividad de agricultura extensiva a la intemperie en secano o regadío.



Las actividades agrícolas intensivas, como huertas, plantaciones de frutales en regadío, y
viveros a la intemperie dedicados al cultivo de plantas y árboles en condiciones
especiales.



Los cultivos experimentales o especiales, la horticultura y floricultura a la intemperie o bajo
invernadero.



Las actividades relacionadas con el mantenimiento de las infraestructuras de riego
tradicionales.



Las actividades forestales, vinculadas al mantenimiento y regeneración de los
ecosistemas actuales y a la explotación controlada de los recursos forestales arbóreos y
arbustivos.