Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2025AC0049)
Acuerdo de 27 de junio de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva parcial del Plan General Municipal de Monesterio.
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NÚMERO 119

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Lunes 23 de junio de 2025

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Artículo 1.1.12. Fondo de Parcela

Es la distancia máxima entre su frente y cualquier otro punto de la parcela, medida
perpendicular al frente de referencia.

Artículo 1.1.13. Círculo Inscrito

Es el diámetro del círculo que se puede inscribir en la parcela.

Artículo 1.1.14. Cerramiento de Parcela

Son los elementos constructivos situados en la parcela sobre los linderos.

Artículo 1.1.15. Edificación Alineada

Es la edificación que ocupa las alineaciones y las líneas de edificación, no permitiéndose
retranqueos, ni patios abiertos, y sin perjuicio de la posibilidad de cuerpos volados o elementos salientes.

Artículo 1.1.16. Edificación Retranqueada

Es la edificación con una separación mínima a los linderos, en todos sus puntos y medida
perpendicularmente a esta.

Artículo 1.1.17. Fondo Edificable

Es la distancia perpendicular desde la alineación, que establece la línea de edificación de la
parcela.

Artículo 1.1.18. Profundidad Máxima Edificable

Es la distancia máxima y perpendicular desde la alineación, que establece la proyección de la
edificación.

Artículo 1.1.19. Patio Abierto

Son los patios interiores de parcela que presentan uno de sus lados abiertos sobre las
alineaciones o líneas de edificación.