Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Funcionarios De Administración Local. (2025050098)
Orden de 17 de junio de 2025 por la que se convoca proceso selectivo para la elaboración de una relación de personas candidatas para la provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría-Intervención, mediante nombramiento interino en entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 122
Jueves 26 de junio de 2025
36747
c) Personas aspirantes con la consideración de víctimas de violencia de género que se encuentren en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de
medidas de protección integral contra la violencia de género, y que así lo acrediten.
Los derechos de examen ingresados se les reintegrarán a las personas aspirantes que acrediten la condición de tercer o ulterior hijo o hija dependiente de sus progenitores, cuando el
domicilio familiar radique en Extremadura con dos años de antelación a la solicitud del beneficio fiscal y que la unidad familiar tenga unas rentas menores cinco veces al salario mínimo
interprofesional (SMI), siempre que efectivamente participen en las pruebas selectivas que se
convocan y soliciten la devolución del ingreso.
No será procedente la devolución de la tasa en los supuestos de exclusión de participación en
el proceso selectivo por causa imputable a la persona interesada.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse en exención
del pago de la tasa, determinará la inadmisión de quien sea aspirante.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28.3 y 53.1.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y siempre que el
interesado en su solicitud, no se oponga expresamente, la Dirección General de Administración Local recabará de los órganos gestores de los másteres mencionados, certificación del
aprovechamiento obtenido y nota alcanzada. En caso contrario deberá aportarlo el propio
interesado junto con la solicitud.
Cuarta. Admisión de personas aspirantes.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano autonómico competente
en materia de administración local dictará resolución en el plazo máximo de 20 días hábiles declarando aprobada las listas provisionales de personas admitidas y excluidas.
En dicha resolución, que deberá publicarse en el Diario Oficial de Extremadura, se indicará que las referidas listas de personas admitidas y excluidas se podrán consultar en
https://www.juntaex.es/temas/trabajo-y-empleo/empleo-publico/buscador-de-empleo-publico-local,
señalando un plazo de 5 días hábiles para subsanación de defectos y reclamaciones. Asimismo, aquellos/as aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos
personales podrán manifestarlo en el mismo plazo.
Se publicarán dos listas provisionales de personas admitidas y excluidas:
— Lista provisional de personas admitidas y excluidas para el acceso por el sistema de
concurso oposición.
Jueves 26 de junio de 2025
36747
c) Personas aspirantes con la consideración de víctimas de violencia de género que se encuentren en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de
medidas de protección integral contra la violencia de género, y que así lo acrediten.
Los derechos de examen ingresados se les reintegrarán a las personas aspirantes que acrediten la condición de tercer o ulterior hijo o hija dependiente de sus progenitores, cuando el
domicilio familiar radique en Extremadura con dos años de antelación a la solicitud del beneficio fiscal y que la unidad familiar tenga unas rentas menores cinco veces al salario mínimo
interprofesional (SMI), siempre que efectivamente participen en las pruebas selectivas que se
convocan y soliciten la devolución del ingreso.
No será procedente la devolución de la tasa en los supuestos de exclusión de participación en
el proceso selectivo por causa imputable a la persona interesada.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse en exención
del pago de la tasa, determinará la inadmisión de quien sea aspirante.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28.3 y 53.1.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y siempre que el
interesado en su solicitud, no se oponga expresamente, la Dirección General de Administración Local recabará de los órganos gestores de los másteres mencionados, certificación del
aprovechamiento obtenido y nota alcanzada. En caso contrario deberá aportarlo el propio
interesado junto con la solicitud.
Cuarta. Admisión de personas aspirantes.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano autonómico competente
en materia de administración local dictará resolución en el plazo máximo de 20 días hábiles declarando aprobada las listas provisionales de personas admitidas y excluidas.
En dicha resolución, que deberá publicarse en el Diario Oficial de Extremadura, se indicará que las referidas listas de personas admitidas y excluidas se podrán consultar en
https://www.juntaex.es/temas/trabajo-y-empleo/empleo-publico/buscador-de-empleo-publico-local,
señalando un plazo de 5 días hábiles para subsanación de defectos y reclamaciones. Asimismo, aquellos/as aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos
personales podrán manifestarlo en el mismo plazo.
Se publicarán dos listas provisionales de personas admitidas y excluidas:
— Lista provisional de personas admitidas y excluidas para el acceso por el sistema de
concurso oposición.