Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Funcionarios De Administración Local. (2025050098)
Orden de 17 de junio de 2025 por la que se convoca proceso selectivo para la elaboración de una relación de personas candidatas para la provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría-Intervención, mediante nombramiento interino en entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 122
Jueves 26 de junio de 2025

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— Lista provisional de personas admitidas y excluidas para el acceso por la superación de
los Másteres de Administración Local.
Se producirá la exclusión definitiva de aquellos aspirantes que, dentro del plazo señalado,
no subsanen el defecto que motivó su exclusión o no presenten reclamación justificando su
derecho a la inclusión en la lista de personas admitidas. Será insubsanable la presentación de
la solicitud fuera del plazo establecido.
4.2. Resueltas las alegaciones presentadas, se dictará resolución declarando aprobadas las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas. Dicha resolución deberá publicarse en el Diario Oficial de Extremadura y se podrán consultar en
https://www.juntaex.es/temas/trabajo-y-empleo/empleo-publico/buscador-de-empleo-publico-local

Asimismo, se indicará el lugar, fecha y hora de celebración de la prueba selectiva para aquellos aspirantes que accedan por el sistema concurso oposición.
Quinta. Tribunal de Selección.
5.1. El órgano de selección encargado de la calificación de las presentes pruebas selectivas y
de la valoración de los expedientes académicos del Máster, estará integrado por cinco personas y sus correspondientes suplentes, y cumplirá con lo preceptuado por el artículo 51.1 d)
de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia
de género en Extremadura, y serán determina­das en el anexo II de esta convocatoria.
5.2. El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará a lo dispuesto, para los órganos
colegiados, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así
como en el artículo 9 del Decreto 107/2024, de 26 de septiembre.
Las personas integrantes del tribunal deberán abstenerse de intervenir, previa notificación
al órgano autonómico competente en materia de administración local, cuando concurran en
dichos miembros cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la citada Ley
40/2015, de 1 de octubre, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes en
los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, siempre que las mismas correspondan al acceso a cualquiera de las subescalas de la escala de personal funcionario de
administración local con habilitación de carácter nacional
Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 del referido texto legal, las personas
aspirantes, en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, podrán promover su
recusación cuando concurran las circunstancias previstas en el apartado anterior.
5.3. Corresponderá al tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias
que pudieran surgir en el desarrollo del proceso selectivo, adoptando, al respecto, las decisiones motivadas que estime oportunas.