Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Conciertos Educativos. (2025050100)
Orden de 23 de junio de 2025 por la que se convoca el procedimiento para la renovación, suscripción y/o modificación de los conciertos educativos para el curso académico 2025-2026 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 122
Jueves 26 de junio de 2025

36712



IV. Condiciones socioeconómicas de la población escolar atendida por el centro.



V. En su caso, experiencias pedagógicas realizadas en el centro, autorizadas por la
Consejería competente en materia de educación, e interés de estas para la calidad
de la enseñanza y para el sistema educativo, siempre que estén expresamente
contempladas en el proyecto educativo del centro.



VI. Cualquier otra información que permita valorar la actividad del centro (servicios
complementarios, actividades complementarias y extraescolares y otras circunstancias).



2. C
 ertificado expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, de que
el centro se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda
del Estado, o autorización expresa en el modelo de solicitud a que el órgano gestor
recabe de oficio esos datos.



3. C
 ertificaciones expedidas por la Hacienda autonómica y por la Tesorería General de
la Seguridad Social que acrediten que el centro se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, o autorización expresa en el modelo
de solicitud a que el órgano gestor recabe de oficio esos datos.



4. Declaración responsable de la persona solicitante de que el centro no recibe ayudas o
subvenciones de ningún ente público o privado para la misma finalidad, así como que
no se perciben de las madres y los padres o tutores legales del alumnado cantidades
que supongan, directa o indirectamente, una contrapartida económica por impartir
las enseñanzas en el nivel educativo objeto del concierto, salvo en el supuesto de
conciertos en régimen singular formalizados en los niveles de Bachillerato y Formación Profesional de Ciclos Formativos de Grado Superior, del Grado D del Sistema de
Formación Profesional.



5. Declaración responsable de la persona solicitante del concierto de no haber recaído
resolución administrativa o judicial firme de percepción indebida de cantidades o, en
su caso, acreditación documental de reintegro de estas.



6. Documento de Alta de Terceros, para los centros que soliciten la suscripción por primera vez.



7. Cuando la titularidad de un centro que desee suscribir por primera vez un concierto
educativo corresponda con una cooperativa, se acompañará declaración expresando
que los Estatutos no contienen cláusulas que impidan el cumplimiento de las obligaciones propias de los centros acogidos al régimen de conciertos educativos; a dicha
declaración se acompañará una copia de los Estatutos y de la inscripción registral de
la cooperativa.