Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025062518)
Resolución de 2 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo del sector Industrias Siderometalúrgicas de la provincia de Badajoz.
66 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 122

37038

Jueves 26 de junio de 2025

— Despido.
Artículo. 59. Prescripción.
Dependiendo de su graduación, las faltas prescriben a los siguientes días:
a Faltas leves: diez días.
b) Faltas graves: veinte días.
c) Faltas muy graves: sesenta días.
La prescripción de las faltas señaladas empezará a contar a partir de la fecha en que la empresa tuvo conocimiento de su comisión y, en todo caso, a los seis meses de haberse cometido.
CAPÍTULO X
Representación de los trabajadores
Artículo 60. Representación de los Trabajadores.
Los Delegados de Personal o Comité de Empresa son los órganos representativos y colegiados
del conjunto de los trabajadores de la empresa o centro de trabajo.
Será competencia de ambos aquello que viene determinado en su caso por lo dispuesto en
los artículos 62, 63 y 64 del Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre por el que se
aprueba la ley del Estatuto de los Trabajadores,
Artículo 61. Crédito horario.
Los miembros del Comité de empresa o Delegados de Personal, como representantes legales
de los trabajadores podrán disponer de un crédito de horas mensuales retribuidas en cada
centro de trabajo para el ejercicio de sus funciones de representación, de acuerdo con la siguiente escala:
— Hasta 100 trabajadores, 18 horas.
— De 101 a 250 trabajadores, 22 horas. De 251 a 500 trabajadores, 32 horas. -De 501 a
750 trabajadores, 36 horas. De 751 en adelante, 42 horas.
Durante la vigencia del presente Convenio, los delegados sindicales, los miembros de los
Comités de empresa y delegados de personal elegidos en las empresas, previa comunicación
al empresario, podrán acumular mensualmente su crédito horario mensual, en uno en varios
de sus miembros, siempre que exista una comunicación previa y escrita al empresario, de
renuncia de cedente.