Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Pymes. Ayudas. (2025062594)
Resolución de 17 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al ejercicio 2025 del Programa de ayudas dirigido a mejorar la competitividad y crecimiento de las pymes extremeñas, a través de una mayor capacitación, cualificación y formación de sus cuadros directivos.
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NÚMERO 124
Lunes 30 de junio de 2025
37449
el curso. El plazo para aportar este documento será de 15 días como máximo desde que
hubiera finalizado el plazo de matriculación, conforme al calendario previsto en el progra
ma formativo.
2. U
na vez finalizada la actividad formativa, la justificación total del proyecto se realizará,
como máximo, en el plazo 15 días a partir del día siguiente al fin del plazo de ejecución del
proyecto establecido en la Resolución individual de concesión.
3. L
a liquidación de la subvención se iniciará a instancia de la pyme beneficiaria mediante la
solicitud establecida en el anexo III de la presente convocatoria la cual deberá ser presentada
a través de la sede electrónica, a la que deberá acompañar la siguiente documentación:
a. Título acreditativo del curso o en su defecto certificado de aprovechamiento y de haber
finalizado la acción formativa con éxito por parte de los/las alumnos/as subvencionados,
expedidos por la Escuela de Negocio.
b. F
acturas justificativas de los gastos de matriculación subvencionados y ejecutados, así
como sus justificantes bancarios de pago. Estas facturas y justificantes deben estar
expedidas a favor de las pymes beneficiarias de las ayudas, no admitiéndose que las
mismas se hubieran girado a favor de las personas participantes en las actividades
formativas.
c. Justificación documental que acredite el cumplimiento de requisitos de publicidad exigi
dos en la resolución de concesión.
4. T
ranscurridos los plazos de justificación, establecidos en los puntos 1 y 2 del presente apar
tado, sin haberse presentado la misma se requerirá a la pyme beneficiaria para que en el
plazo improrrogable de quince días sea aportada. La falta de presentación de la solicitud
de liquidación en el plazo establecido conllevará la pérdida del derecho a la subvención.
Decimosegundo. Financiación de las ayudas.
El coste de las acciones previstas en la presente convocatoria será imputado a la aplica
ción presupuestaria 14004.323A.77000, Código Fondos FD211A1302 y Proyecto de Gasto
20240063 Programa de Ayudas a la Formación de Cuadros Directivos, con un importe de
250.000 euros distribuidos en 125.000 con cargo a la anualidad 2025 y 125.000 euros con
cargo a 2026.
La financiación de las presentes ayudas se realizará, siempre que sea posible, con un porcen
taje de cofinanciación del 85% con cargo al Programa Operativo del Fondo Europeo de Desa
rrollo Regional -FEDER- de Extremadura correspondiente al periodo de programación 2021-
Lunes 30 de junio de 2025
37449
el curso. El plazo para aportar este documento será de 15 días como máximo desde que
hubiera finalizado el plazo de matriculación, conforme al calendario previsto en el progra
ma formativo.
2. U
na vez finalizada la actividad formativa, la justificación total del proyecto se realizará,
como máximo, en el plazo 15 días a partir del día siguiente al fin del plazo de ejecución del
proyecto establecido en la Resolución individual de concesión.
3. L
a liquidación de la subvención se iniciará a instancia de la pyme beneficiaria mediante la
solicitud establecida en el anexo III de la presente convocatoria la cual deberá ser presentada
a través de la sede electrónica, a la que deberá acompañar la siguiente documentación:
a. Título acreditativo del curso o en su defecto certificado de aprovechamiento y de haber
finalizado la acción formativa con éxito por parte de los/las alumnos/as subvencionados,
expedidos por la Escuela de Negocio.
b. F
acturas justificativas de los gastos de matriculación subvencionados y ejecutados, así
como sus justificantes bancarios de pago. Estas facturas y justificantes deben estar
expedidas a favor de las pymes beneficiarias de las ayudas, no admitiéndose que las
mismas se hubieran girado a favor de las personas participantes en las actividades
formativas.
c. Justificación documental que acredite el cumplimiento de requisitos de publicidad exigi
dos en la resolución de concesión.
4. T
ranscurridos los plazos de justificación, establecidos en los puntos 1 y 2 del presente apar
tado, sin haberse presentado la misma se requerirá a la pyme beneficiaria para que en el
plazo improrrogable de quince días sea aportada. La falta de presentación de la solicitud
de liquidación en el plazo establecido conllevará la pérdida del derecho a la subvención.
Decimosegundo. Financiación de las ayudas.
El coste de las acciones previstas en la presente convocatoria será imputado a la aplica
ción presupuestaria 14004.323A.77000, Código Fondos FD211A1302 y Proyecto de Gasto
20240063 Programa de Ayudas a la Formación de Cuadros Directivos, con un importe de
250.000 euros distribuidos en 125.000 con cargo a la anualidad 2025 y 125.000 euros con
cargo a 2026.
La financiación de las presentes ayudas se realizará, siempre que sea posible, con un porcen
taje de cofinanciación del 85% con cargo al Programa Operativo del Fondo Europeo de Desa
rrollo Regional -FEDER- de Extremadura correspondiente al periodo de programación 2021-