Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062570)
Resolución de 20 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica de autoconsumo sin excedentes "Arroyo Caballo", a realizar en el término municipal de Trujillo (Cáceres). Expte.: IA23/0521.
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NÚMERO 125
Martes 1 de julio de 2025

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tructuras existentes que puedan verse afectados por las obras, no pudiendo suponer estas
un menoscabo de sus condiciones de seguridad y uso a la finalización de las mismas. Será
responsable de cualquier daño y perjuicio que se produzca como consecuencia de la realización de los trabajos.
El promotor del proyecto deberá solicitar los informes favorables de los organismos afectados por la Vía Pecuaria “Cañada del Puerto de Miravete”, por la cual cruza la línea de
evacuación de la planta fotovoltaica.
Respecto al camino público por el que cruza la línea de evacuación de la planta fotovoltaica, se deberá solicitar a este Ayuntamiento el permiso de paso para dicha línea”.
Asimismo, en cuanto a la disposición transitoria segunda. Régimen urbanístico del suelo
de los municipios con planes e instrumentos de ordenación urbanística vigentes en el momento de entrada en vigor de esta ley, apartado 2, letra b) de la Ley 11/2018, de 21 de
diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, establece:
“b) En suelo rústico, aquellos usos no prohibidos expresamente por el planeamiento,
mediante su identificación nominal concreta o mediante su adscripción a uno de los
grupos o subgrupos de usos del artículo 5.5 de la ley, se considerarán autorizables
conforme al régimen previsto en el artículo 67, dependiendo su autorización, en última
instancia, de que quede acreditada su compatibilidad con la conservación de las características ambientales, edafológicas o los valores singulares del suelo, mediante el
informe del organismo que tenga entre sus funciones la protección de los valores que
indujeron la inclusión del suelo en una concreta categoría (...)”.
A los efectos de acreditar la compatibilidad del uso pretendido con la conservación de las
características ambientales, edafológicas o los valores singulares del suelo, y considerar el
uso pretendido como autorizable de conformidad con lo dispuesto en la disposición transitoria segunda, apartado 2, letra b) de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación
territorial y urbanística sostenible de Extremadura acabada de transcribir, desde la DGS se
solicitaron informes al Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, y a
la Dirección General de Agricultura y Ganadería, que se han pronunciado en los siguientes
términos:
— La Dirección General de Agricultura y Ganadería con fechas 15 de julio y 12 de septiembre de 2024, en respuesta a la consulta en el procedimiento de calificación rústica
de la planta fotovoltaica “Arroyo Caballo” de 25 MWp /20 MWn e infraestructura de
evacuación asociada en el término municipal de Trujillo (Cáceres), desde el Servicio de
Producción Agrícola y Ganadera manifiesta que desde un punto de vista agrícola, son