Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062566)
Resolución de 20 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de modificación de concesión de aguas para riego, consistente en el aumento de superficie en 59,5826 ha, totalizando 99,5826 ha de cultivos herbáceos en la finca "La Mata" en el término municipal de Madrigalejo (Cáceres). Expte.: IA23/1295.
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NÚMERO 125
Martes 1 de julio de 2025



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C.2.8 Medio socioeconómico.

Durante la fase de ejecución, se producirán molestias a la población derivadas de la
generación de polvo y ruidos, las cuales serán poco apreciables dada la gran distancia
a núcleos urbanos y la extensión de la explotación. Una vez concluidas las obras esta
afección desaparece.
Por otra parte, y respecto al factor socioeconómico, el impacto se considera positivo por
la generación de empleo y de la actividad económica. Cabe destacar que el regadío no
solo supone una renta más alta para los agricultores, sino también que ésta sea más
segura, tanto por la mayor diversificación de producciones que permite, como por la
reducción de los riesgos climáticos derivados de la variabilidad de las producciones.


C.2.9 Sinergias y efectos acumulativos.

Los principales efectos acumulativos y sinérgicos derivados de la ejecución del proyecto residen en la extracción de recursos hídricos, en este sentido, el órgano de cuenca
competente (Confederación Hidrográfica del Guadiana) ha establecido que el aprovechamiento solicitado será compatible con las previsiones del vigente Plan Hidrológico,
siempre que se cumplan las limitaciones indicadas en su informe. En cualquier caso, se
estaría a lo dispuesto en la correspondiente resolución sobre la tramitación de la solicitud de concesión CONC. 28041 (2277/2017).
La realización de la red de riego en general repercute positivamente, pero presenta un
valor sinérgico importante sobre la fauna, ya que se puede dar el caso de que limite
el tránsito de animales de unas zonas a otras tanto dentro de la finca como hacia las
fincas limítrofes. No obstante, favorece la creación de un microclima húmedo en la zona
del riego, que favorece la aparición de insectos tan necesarios para la alimentación de
las aves de la zona. La afección sobre la fauna se corrige con una serie de medidas, las
medidas incluidas tanto en el EsIA, en los informes emitidos por las administraciones
públicas consultadas, como en el presente informe técnico hacen compatible dicho impacto ambiental.
C.2.10 Vulnerabilidad del proyecto ante riesgos derivados de accidentes graves o
catástrofes.
El promotor incluye, de conformidad con lo estipulado en la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por la que se modifica la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental,
un análisis de la vulnerabilidad del proyecto frente a catástrofes naturales y accidentes
graves del proyecto, como inundaciones, incendios y terremotos, en el que concluye
que, la vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes graves o catástrofes es
muy baja, tanto por probabilidad de que ocurran como por la baja entidad del proyecto
que se plantea.