Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062576)
Resolución de 24 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y la Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX) por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual para financiar el proyecto "5041 COMPUTAEX: PAN (Plataforma Agroalimentaria en Red)" en el ámbito del programa "Redes Territoriales de Especialización Tecnológica (RETECH)" en los ejercicios 2025 y 2026 en el marco del Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Nextgeneration EU.
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NÚMERO 125
Martes 1 de julio de 2025
37723
Novena. Principio de igualdad.
COMPUTAEX tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato y oportunidades y la participación equilibrada de mujeres y hombres en todos los ámbitos del Programa a realizar con
cargo a esta ayuda. Teniendo en cuenta estos principios en todas las iniciativas, ejecución y
desarrollo del conjunto de la actuación.
Décima. Comisión de seguimiento.
Con el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente Convenio se constituirá una
Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de
Economía, Empleo y Transformación Digital y dos representantes de la Fundación COMPUTAEX, designados por quienes suscriben el presente Convenio.
El régimen jurídico de esta Comisión de Seguimiento será el establecido en la Sección 3ª,
Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
La Presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a la Consejería de Economía,
Empleo y Transformación Digital, de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en
caso de empate. El ejercicio de las funciones de Secretario de la Comisión de Seguimiento
corresponderá a uno de los representantes de la Fundación COMPUTAEX.
La Comisión de Seguimiento establecerá las directrices básicas de organización y funcionamiento del presente Convenio.
La Comisión de Seguimiento tendrá entre otras las siguientes funciones:
a) Realizar el seguimiento de las actividades y tareas ejecutadas en virtud de la presente
transferencia verificando su adecuada progresión y el alcance de los objetivos del proyecto a desarrollar anualmente.
b) Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y
ejecución del presente convenio.
c) Aprobar, cuando no sean objeto de adenda, las modificaciones previstas en la cláusula
quinta del presente convenio.
d) Informar sobre la posibilidad de renunciar, prevista en la cláusula sexta del presente
convenio
e) R
ecabar la información que sea razonable para el seguimiento de las actuaciones tanto
en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo
garantizar la Fundación COMPUTAEX, la disponibilidad de la información.
Martes 1 de julio de 2025
37723
Novena. Principio de igualdad.
COMPUTAEX tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato y oportunidades y la participación equilibrada de mujeres y hombres en todos los ámbitos del Programa a realizar con
cargo a esta ayuda. Teniendo en cuenta estos principios en todas las iniciativas, ejecución y
desarrollo del conjunto de la actuación.
Décima. Comisión de seguimiento.
Con el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente Convenio se constituirá una
Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de
Economía, Empleo y Transformación Digital y dos representantes de la Fundación COMPUTAEX, designados por quienes suscriben el presente Convenio.
El régimen jurídico de esta Comisión de Seguimiento será el establecido en la Sección 3ª,
Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
La Presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a la Consejería de Economía,
Empleo y Transformación Digital, de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en
caso de empate. El ejercicio de las funciones de Secretario de la Comisión de Seguimiento
corresponderá a uno de los representantes de la Fundación COMPUTAEX.
La Comisión de Seguimiento establecerá las directrices básicas de organización y funcionamiento del presente Convenio.
La Comisión de Seguimiento tendrá entre otras las siguientes funciones:
a) Realizar el seguimiento de las actividades y tareas ejecutadas en virtud de la presente
transferencia verificando su adecuada progresión y el alcance de los objetivos del proyecto a desarrollar anualmente.
b) Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y
ejecución del presente convenio.
c) Aprobar, cuando no sean objeto de adenda, las modificaciones previstas en la cláusula
quinta del presente convenio.
d) Informar sobre la posibilidad de renunciar, prevista en la cláusula sexta del presente
convenio
e) R
ecabar la información que sea razonable para el seguimiento de las actuaciones tanto
en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo
garantizar la Fundación COMPUTAEX, la disponibilidad de la información.