Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Asistencia Social. Subvenciones. (2025062612)
Resolución de 25 de junio de 2025, de la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia, por la que se resuelve el procedimiento de concesión de subvenciones para el desarrollo del Programa del Fondo Social Europeo Plus de Asistencia Material Básica (Programa Básico) en la Comunidad Autónoma de Extremadura, cofinanciado por la Unión Europea, convocadas al amparo de la disposición adicional segunda del Decreto 20/2025, de 1 de abril (DOE núm. 74, de 16 de abril).
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NÚMERO 128
Viernes 4 de julio de 2025
38466
esos datos se recojan, registren y almacenen de los destinatarios últimos de las actuaciones a nivel de micro dato en dicho sistema, así como los indicadores comunes de realización y de resultados establecidos en el artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/1060,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, y de resultados del
anexo I del Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24
de junio de 2021.
r) Cumplir con los requisitos que en materia de igualdad de oportunidades, medio ambiente e innovación social se establezcan en el Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, y cualesquiera otras normas comunitarias o nacionales.
s) Cumplir cada uno de los principios horizontales de los apartados 2 y 3 del Reglamento
(UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, y del
artículo 28 del Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del Consejo, de
24 de junio de 2021, esto es, respeto a los derechos fundamentales, la igualdad de género, la no discriminación, la accesibilidad y el desarrollo sostenible.
t) Aplicar medidas antifraude eficaces y proporcionadas en su ámbito de gestión, respaldas por una evaluación del riesgo de fraude, de conformidad con el artículo 74.1.c) del
Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de
2021. La entidad beneficiaria deberá aplicar medidas para evitar el fraude, la corrupción
y los conflictos de intereses a la hora de aplicar la subvención recibida a la financiación
del proyecto y sus actuaciones, según dispone el artículo 69.2 del Reglamento (UE)
2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021.
Para ello, deberá garantizarse que todos los responsables que intervengan en el procedimiento no incurren en conflicto de intereses con los beneficiarios de estos, debiendo
presentarse previa a cada pago ante el órgano gestor una Declaración de Ausencia de
Conflictos de Interés (DACI), firmada electrónicamente por la persona que ostente la
representación legal la entidad, conforme al modelo anexo IV de la convocatoria.
2. E
n relación con las obligaciones de difusión de la identidad corporativa, la entidad beneficiaria deberá cumplir sobre las actividades de información y publicidad lo establecido en el
artículo 47, 50 y en el anexo IX del Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 24 de junio de 2021, y en el artículo 36 del Reglamento (UE) 2021/1057,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, así como con el contenido
que de conformidad con la estrategia de comunicación se recoja en el Plan de Comunicación para el Fondo Social Europeo Plus, haciendo mención del origen de esta financiación y
velará por darle visibilidad, en particular, cuando promuevan las acciones y sus resultados,
Viernes 4 de julio de 2025
38466
esos datos se recojan, registren y almacenen de los destinatarios últimos de las actuaciones a nivel de micro dato en dicho sistema, así como los indicadores comunes de realización y de resultados establecidos en el artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/1060,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, y de resultados del
anexo I del Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24
de junio de 2021.
r) Cumplir con los requisitos que en materia de igualdad de oportunidades, medio ambiente e innovación social se establezcan en el Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, y cualesquiera otras normas comunitarias o nacionales.
s) Cumplir cada uno de los principios horizontales de los apartados 2 y 3 del Reglamento
(UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, y del
artículo 28 del Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del Consejo, de
24 de junio de 2021, esto es, respeto a los derechos fundamentales, la igualdad de género, la no discriminación, la accesibilidad y el desarrollo sostenible.
t) Aplicar medidas antifraude eficaces y proporcionadas en su ámbito de gestión, respaldas por una evaluación del riesgo de fraude, de conformidad con el artículo 74.1.c) del
Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de
2021. La entidad beneficiaria deberá aplicar medidas para evitar el fraude, la corrupción
y los conflictos de intereses a la hora de aplicar la subvención recibida a la financiación
del proyecto y sus actuaciones, según dispone el artículo 69.2 del Reglamento (UE)
2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021.
Para ello, deberá garantizarse que todos los responsables que intervengan en el procedimiento no incurren en conflicto de intereses con los beneficiarios de estos, debiendo
presentarse previa a cada pago ante el órgano gestor una Declaración de Ausencia de
Conflictos de Interés (DACI), firmada electrónicamente por la persona que ostente la
representación legal la entidad, conforme al modelo anexo IV de la convocatoria.
2. E
n relación con las obligaciones de difusión de la identidad corporativa, la entidad beneficiaria deberá cumplir sobre las actividades de información y publicidad lo establecido en el
artículo 47, 50 y en el anexo IX del Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 24 de junio de 2021, y en el artículo 36 del Reglamento (UE) 2021/1057,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, así como con el contenido
que de conformidad con la estrategia de comunicación se recoja en el Plan de Comunicación para el Fondo Social Europeo Plus, haciendo mención del origen de esta financiación y
velará por darle visibilidad, en particular, cuando promuevan las acciones y sus resultados,