Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025063040)
Resolución de 31 de julio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto correspondiente a la LAAT 400 kV CS Pozuelo-SE Colectora Promotores Zarzón, a realizar en el término municipal de Pozuelo de Zarzón (Cáceres). Expte.: IA24/1932.
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NÚMERO 154
Lunes 11 de agosto de 2025



45384

— La Dirección General de Infraestructuras Viarias, con fecha 21 de febrero de 2025,
informa que no es necesaria la emisión de informe alguno por parte de este Servicio,
toda vez que los apoyos AP46 y AP47 que definen el cruzamiento aéreo sobre la carretera EX-370, distan de la misma 91,77 y 294,01 respectivamente, ubicándose por
lo tanto más allá de la Zona de Afección de la carretera (35 m).



— El Servicio de Regadíos, con fecha 25 de febrero de 2025, informa que las parcelas
donde se ubica el proyecto objeto del Informe no están incluidas en Zonas Regables
de Extremadura declaradas de Interés General de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la Nación o Singulares, no siendo, por tanto, de aplicación, la siguiente
normativa: Ley de Reforma y Desarrollo Agrario aprobada por Decreto 118/1973,
de 12 de enero, Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura y Decreto
141/2021, de 21 de diciembre, por el que se regulan los usos y actividades compatibles y complementarios con el regadío en zonas regables de Extremadura declaradas
de interés general de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la Nación o Singulares.



A efectos de Zonas Regables Oficiales, siendo así que este Servicio no se considera
órgano gestor de intereses públicos existentes en la zona, por lo que no compete al
mismo pronunciamiento alguno.



Por tanto, procede el archivo del expediente sin más trámite, sin perjuicio del cumplimiento de aquellos otros requisitos legal o reglamentariamente establecidos.



— El Ayuntamiento de Pozuelo de Zarzón remite informe técnico emito por la Oficina
Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible de la Mancomunidad Integral de Municipios Valle del Alagón de fecha 3 de marzo de 2025 a los efectos que
se tenga en cuenta su contenido para la ejecución del proyecto. El precitado informe
urbanístico concluye con los siguiente:



“Teniendo en cuenta las especificaciones y consideraciones anteriormente descritas, el técnico que suscribe y siempre teniendo en cuenta su leal saber y entender,
una vez examinados los documentos remitidos a esta oficina, así como la diferente
normativa de aplicación, se considera que no existen impedimentos urbanísticos ni
alegaciones por parte de este municipio para continuar con los trámites de Autorización Administrativa Previa y Estudio de Impacto Ambiental.

En relación a la compatibilidad urbanística, el uso pretendido no se encuentra entre
los expresamente prohibidos por el planeamiento vigente (PGM de Pozuelo de Zarzón), por lo tanto sería autorizable. Al tratarse de un uso autorizable se encontraría