Getafe (BOCM-20250505-46)
Organización y funcionamiento. Reglamento Uso Instalaciones Deportivas
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 106

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE MAYO DE 2025

Pág. 197

11. No está permitido comer ni fumar.
12. Queda terminantemente prohibido introducir los dedos en los puntos de seguridad declinando el Ayuntamiento toda responsabilidad por las lesiones que puedan causarse como
consecuencia de ello. Los adultos que hagan uso de la instalación en compañía de menores de edad deberán realizar esta advertencia a los mismos. No se debe introducir los dedos en los puntos de seguridad, ya que puede conllevar importantes lesiones.
13. Cualquier anomalía o desperfecto observado en el rocódromo deberá ser comunicado al
personal de la instalación.
Capítulo IX. Skatepark o parque de patinaje (bicicletas, patines, monopatines y patinetes)
Características de los skateparks.
Se llama skatepark, skate park o skate-park a un parque o ambiente construido con propósitos
recreativos o competitivos, normalmente de madera (skateparks interiores) o de hormigón (skateparks exteriores), y que es usado para la práctica de deportes que usan patines, patinetes, monopatines, bicicletas, etc. Un skatepark está formado por diferentes módulos que imitan estructuras
presentes en las calles y que están dispuestos de una forma coherente que permite a los usuarios
moverse a través de ellos realizando trucos, saltos y piruetas.
Normas de uso de los skateparks o parques de patinaje.
1.

Es obligatorio el uso de casco rígido, coderas y rodilleras.

2.

No está permitido el uso de elementos metálicos que puedan degradar la pista, ni elementos para cualquier otro fin distinto al de patinar.

3.

Solo se pueden introducir en el recinto materiales u objetos destinados a la protección y
seguridad de los deportistas.

4.

No está permitido hacer marcas, señales, pintar o hacer grafitis en las infraestructuras del
skatepark.

5.

Es obligatorio un uso de la instalación adecuado y responsable para mantenerlo en óptimas condiciones de uso y limpieza.

6.

El horario del skatepark (pista de Deportiva de Uso Libre) es de lunes a viernes de 10:0022:00h.

7.

Está prohibido hacer cualquier tipo de reserva sobre la instalación, así como su alquiler
y/o reserva a terceros.

8.

Se prohíbe la entrada a menores de 6 años que no estén acompañados por un adulto.

9.

No se permite emitir música con reproductores de sonido externos.

10. No está permitido introducir y/o consumir bebidas alcohólicas. Tampoco se permite comer
productos que generen residuos de difícil limpieza como pipas, frutos secos con cáscara,
chicles o cualesquiera otros susceptibles de deteriorar la instalación.
11. Queda prohibido introducir elementos rígidos tales como cristales, hierros, piedras o cualquier otro elemento que pueda deteriorar la instalación.
12. No se permite acceder con animales de compañía.
13. La Delegación de Deportes se reserva el derecho de desarrollar actividades en ellas con
el consiguiente cierre al uso libre y con suficiente preaviso a través de los medios de difusión al servicio de la corporación (web, redes sociales y/o cartelería)

15. En función del tipo de foso, se permitirá el uso a un determinado número de personas.
Los fosos pequeños no deben ser utilizados por más de 3 personas a la vez, en los fosos
grandes no se permite el uso por más de 6 personas a la vez. Se ha de establecer un
turno entre las personas usuarias o una comunicación clara para evitar los choques y los
accidentes.
16. En caso de haber personas esperando para realizar actividad, no se podrá permanecer en
la instalación más de 30 minutos seguidos.

BOCM-20250505-46

14. Para una correcta convivencia, se deberá prestar atención al resto de usuarios/as de la
instalación para respetar los recorridos y turnos.