C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250506-39)
Bases subvenciones –  Orden 1020/2025, de 28 de abril, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se establecen las bases reguladoras destinadas a la concesión de subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para acciones dirigidas a la realización de proyectos de inserción sociolaboral a través de itinerarios destinados a la mejora de las condiciones personales, sociales y prelaborales necesarias para el acceso al empleo, de personas en riesgo o en situación de vulnerabilidad o exclusión social, cofinanciadas al 40 por 100 por el FSE plus 2021/2027 de la Comunidad de Madrid, Prioridad de inclusión social, Objetivo específico h)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 107

Con respecto al principio de seguridad jurídica, la norma es acorde con el resto del ordenamiento jurídico.
Se respeta, así mismo, el principio de eficiencia, al no generar cargas administrativas
que vayan más allá de las imprescindibles en la tramitación de una subvención, evitando
trámites innecesarios que puedan generar una carga administrativa adicional ineficaz para
la consecución de los fines que se pretenden.
Finalmente, con respecto al principio de transparencia, esta norma se ha sometido a
trámite de consulta pública y su tramitación será publicada en el Portal de Transparencia.
Por tanto, la presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones dirigidas a entidades sin ánimo de lucro, para la realización de proyectos de inserción sociolaboral a través de itinerarios destinados a la mejora de las condiciones personales, sociales y prelaborales necesarias para el acceso al empleo, de personas
en riesgo o en situación de vulnerabilidad o exclusión social.
En la tramitación de estas bases reguladoras, se ha sustanciado el trámite de consulta
pública a través del Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid. Así mismo, se ha
solicitado informe a la Abogacía General de la Comunidad de Madrid y los demás informes
preceptivos por la normativa vigente, esto es, Informe de la Dirección General de Atención
al Ciudadano y Transparencia, Informe de la Dirección General de Política Financiera y Tesorería, Informe de la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea,
Informe de la Dirección General de Trabajo, Informes de Impacto de las Direcciones Generales de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad y de Igualdad, Informe de la Dirección General de Evaluación de la Calidad e Innovación, Informe de la Delegación de Protección de Datos de carácter personal de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos
Sociales, Informe de legalidad de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales e Informe de la Intervención de la Consejería de Familia,
Juventud y Asuntos Sociales.
En cumplimiento de la obligación dispuesta en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, la subvención se encuentra incluida en la Orden 100/2024,
de 18 de enero de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueba el
Plan Estratégico de Subvenciones 2024 de dicha Consejería, modificada por la Orden 1270/2024,
de 17 de abril y por la Orden 1482/2024, de 17 de mayo, por la Orden 1965/2024, de 25 de junio
y Orden 2760/2024, de 30 de septiembre. Dicha subvención está recogida dentro del objetivo 15
del citado Plan Estratégico.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Servicios Sociales e Integración,
adscrita a la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración
de la Comunidad de Madrid, y en los artículos 6.4 y 7.1.a) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Artículo 1
1. El objeto de la orden es establecer las bases reguladoras que han de regir la concesión de subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro que lleven a cabo,
en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, actuaciones dirigidas a la inserción sociolaboral de personas en riesgo o en situación de vulnerabilidad o exclusión social a través de itinerarios destinados a la mejora de las condiciones personales, sociales y prelaborales necesarias para el acceso al empleo.
2. La finalidad de las ayudas es favorecer la inserción sociolaboral de las personas
en riesgo o en situación de vulnerabilidad o exclusión social que acumulan mayores dificultades y limitaciones, eliminando las barreras que impiden, en igualdad de condiciones,
su participación plena y efectiva en la sociedad, a través de la mejora de las condiciones
personales, sociales y prelaborales, desarrollando, desde una perspectiva integral, itinerarios que contengan la intervención individual, grupal y familiar, así como la adquisición de
habilidades sociales y la realización de actividades de formación de carácter prelaboral, que
incidan en la mejora de las condiciones de acceso al empleo.

BOCM-20250506-39

Objeto, ámbito y finalidad de la subvención