Alcorcón (BOCM-20250506-67)
Ofertas de empleo. Instituto Municipal para el Empleo y la Promoción Económica (IMEPE). Bases generales proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 107
4.
MARTES 6 DE MAYO DE 2025
Pág. 339
Presentación de solicitudes.
4.1. Las solicitudes para tomar parte en el correspondiente concurso se dirigirán a la Presidencia Delegada del Organismo Autónomo IMEPE-ALCORCÓN, ajustadas a los modelos publicados como anexos a la convocatoria, y se presentarán en el plazo de quince
días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de la respectiva
convocatoria en el Boletín oficial del Estado, dentro del horario correspondiente en el
Registro General del Organismo Autónomo, sin perjuicio de lo establecido en el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
4.2. En el caso de un concurso con varios puestos de trabajo, podrán solicitarse cuantas vacantes se incluyan, siempre que se reúnan los requisitos y condiciones exigidas. Cada
persona presentará una sola solicitud por convocatoria, que contendrá el orden de preferencia de adjudicación de aquellos.
4.3. El servicio de administración del IMEPE-ALCORCÓN emitirá de oficio certificación del
vínculo jurídico y antigüedad de cada aspirante, cuando proceda, que unirá a la documentación aportada en su solicitud, por lo que las personas aspirantes no deberán aportar ningún documento acreditativo de estos extremos.
5.
Discapacidades.
Las personas aspirantes con alguna discapacidad podrán pedir en su solicitud la adaptación
del puesto o puestos de trabajo solicitados. A su solicitud se deberá acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia, que acredite la procedencia de la adaptación y la
compatibilidad con el desempeño de las funciones que tenga atribuido el puesto o puestos solicitados (artículo 10 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, que regula el acceso al empleo
público y la provisión de puestos de trabajo de persona con discapacidad).
6.
Acreditación de los méritos alegados.
6.1. Los méritos alegados por las personas concursantes serán acreditados documentalmente, mediante las pertinentes certificaciones u otros justificantes, salvo que dichos datos
obren en poder del Organismo Autónomo IMEPE-ALCORCÓN (grado personal, tiempo
de permanencia en puesto de trabajo de cada nivel y antigüedad).
En los procesos de valoración podrán recabarse formalmente de las personas interesadas las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria
para la comprobación de los méritos alegados.
6.2. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de
instancias.
7.
Tipos de concursos
En las respectivas convocatorias se determinará el tipo de concurso:
Concursos de méritos generales, que será el procedimiento habitual.
—
Concursos específicos, en atención a la naturaleza de los puestos de trabajo a cubrir, y de acuerdo con las especificaciones de la RPT vigente.
Méritos para valorar en todos los concursos.
8.1. Se valorarán los méritos de acuerdo con el artículo 44 del RI (Real Decreto 364/1995, de
10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al
servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios civiles de la Administración General del Estado).
8.2. La valoración total de méritos indicará siempre el máximo de puntos y deberá fijarse una
puntuación mínima para la adjudicación del PT convocado.
8.3. Como méritos de formación serán valorables:
8.3.1. Las titulaciones académicas oficiales.
8.3.2. Los cursos de formación y perfeccionamiento, impartidos por el Organismo Autónomo IMEPE-ALCORCÓN, el Ayuntamiento de Alcorcón y otras administraciones
públicas, centros y entidades acogidas al Plan de Formación Continua de las Administraciones Públicas. Excepcionalmente se podrán valorar los diplomas o certificados de aprovechamiento de cursos impartidos por entidades diferentes de las ante-
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 107
4.
MARTES 6 DE MAYO DE 2025
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Presentación de solicitudes.
4.1. Las solicitudes para tomar parte en el correspondiente concurso se dirigirán a la Presidencia Delegada del Organismo Autónomo IMEPE-ALCORCÓN, ajustadas a los modelos publicados como anexos a la convocatoria, y se presentarán en el plazo de quince
días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de la respectiva
convocatoria en el Boletín oficial del Estado, dentro del horario correspondiente en el
Registro General del Organismo Autónomo, sin perjuicio de lo establecido en el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
4.2. En el caso de un concurso con varios puestos de trabajo, podrán solicitarse cuantas vacantes se incluyan, siempre que se reúnan los requisitos y condiciones exigidas. Cada
persona presentará una sola solicitud por convocatoria, que contendrá el orden de preferencia de adjudicación de aquellos.
4.3. El servicio de administración del IMEPE-ALCORCÓN emitirá de oficio certificación del
vínculo jurídico y antigüedad de cada aspirante, cuando proceda, que unirá a la documentación aportada en su solicitud, por lo que las personas aspirantes no deberán aportar ningún documento acreditativo de estos extremos.
5.
Discapacidades.
Las personas aspirantes con alguna discapacidad podrán pedir en su solicitud la adaptación
del puesto o puestos de trabajo solicitados. A su solicitud se deberá acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia, que acredite la procedencia de la adaptación y la
compatibilidad con el desempeño de las funciones que tenga atribuido el puesto o puestos solicitados (artículo 10 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, que regula el acceso al empleo
público y la provisión de puestos de trabajo de persona con discapacidad).
6.
Acreditación de los méritos alegados.
6.1. Los méritos alegados por las personas concursantes serán acreditados documentalmente, mediante las pertinentes certificaciones u otros justificantes, salvo que dichos datos
obren en poder del Organismo Autónomo IMEPE-ALCORCÓN (grado personal, tiempo
de permanencia en puesto de trabajo de cada nivel y antigüedad).
En los procesos de valoración podrán recabarse formalmente de las personas interesadas las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria
para la comprobación de los méritos alegados.
6.2. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de
instancias.
7.
Tipos de concursos
En las respectivas convocatorias se determinará el tipo de concurso:
Concursos de méritos generales, que será el procedimiento habitual.
—
Concursos específicos, en atención a la naturaleza de los puestos de trabajo a cubrir, y de acuerdo con las especificaciones de la RPT vigente.
Méritos para valorar en todos los concursos.
8.1. Se valorarán los méritos de acuerdo con el artículo 44 del RI (Real Decreto 364/1995, de
10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al
servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios civiles de la Administración General del Estado).
8.2. La valoración total de méritos indicará siempre el máximo de puntos y deberá fijarse una
puntuación mínima para la adjudicación del PT convocado.
8.3. Como méritos de formación serán valorables:
8.3.1. Las titulaciones académicas oficiales.
8.3.2. Los cursos de formación y perfeccionamiento, impartidos por el Organismo Autónomo IMEPE-ALCORCÓN, el Ayuntamiento de Alcorcón y otras administraciones
públicas, centros y entidades acogidas al Plan de Formación Continua de las Administraciones Públicas. Excepcionalmente se podrán valorar los diplomas o certificados de aprovechamiento de cursos impartidos por entidades diferentes de las ante-
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8.
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