Arganda del Rey (BOCM-20250514-39)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 114

10. Adopción, publicación, ejecución y cumplimiento de los acuerdos del Ayuntamiento en aquellas materias relacionadas con las competencias atribuidas a la citada concejalía y en todo caso en relación con Planes de Ordenación de Recursos Humanos, Plantilla, Catálogos y Relaciones de Puestos de Trabajo, aprobación de la Oferta de Empleo
Público, aprobar y resolver las convocatorias de selección y provisión de personal, nombramiento de los miembros de los tribunales de selección de personal y resolver los recursos
de alzada interpuestos contra los actos administrativos dictados por estos tribunales.
— Nombrar al personal funcionario de carrera y contratar al personal laboral fijo, a
propuesta del tribunal de selección.
— Nombrar y cesar al personal interino y temporal.
— Resolver las situaciones administrativas de funcionarios y laborales, incluyendo
reingresos, excedencias, jubilaciones, tomas de posesión, concesión de permisos,
licencias y vacaciones al personal.
— Conceder ayudas relativas al fondo social, dietas y todo tipo de indemnizaciones.
— Incoar expedientes disciplinarios e imponer sanciones, salvo que impliquen separación del servicio de funcionarios o despido disciplinario del personal laboral.
11. Distribución de retribuciones complementarias no fijas ni periódicas.
12. Remisión al portal de transparencia de todos los actos y acuerdos que conforme
a las Leyes de Transparencia en vigor fueran preceptivas en relación con el ámbito material de la delegación.
13. La revocación y rectificación de errores de actos dictados en el ámbito de la competencia delegada en los términos de la Ley de Procedimiento Administrativo Común.
14. Llevar a puro y debido efecto el contenido de los fallos de las sentencias recaídas
en asuntos del ámbito de sus competencias, así como, efectuar propuestas de cumplimiento
a otros órganos competentes de su ejecución, por razón del ámbito de la competencia de la
concejalía.
15. Tramitación y resolución de solicitudes de acceso a la información respecto de
procedimientos en curso, que los interesados puedan formular, en el ámbito de las competencias delegadas, en los términos establecidos en el artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
16. Aprobar, formalizar y publicar los encargos a la Empresa de Servicios Municipales de Arganda (ESMAR, S. A.) como medio propio personificado del Ayuntamiento de
Arganda en relación con los ámbitos materiales delegados y, al amparo de lo previsto en el
artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, incluida, por tanto, la aprobación y el compromiso del gasto que comporte dicho encargo y siempre que no exceda de los límites que
en materia de gastos sea competencia de la Alcaldía.
Facultades de fomento:
17. Solicitud y justificación de subvenciones incluidas en su ámbito de gestión e inspección objeto de delegación.
18. Promoción, aprobación y concesión de subvenciones o premios en el ámbito de
las competencias delegadas y los expedientes de justificación y, en su caso reintegro.
Facultades como órgano de contratación:
19. Competencias como órgano de contratación correspondientes a los contratos menores y procedimiento abierto simplificado del artículo 159.6 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público en su ámbito de delegación.
Facultades sancionadoras:
20. Sancionar faltas de desobediencia a la autoridad o por infracción de ordenanzas municipales en aquellas materias relacionadas con las competencias atribuidas a la Concejalía.
Facultad de resolución de recursos:
21. La resolución del recurso de reposición que se interponga contra actos administrativos dictados por la concejalía delegada en el ejercicio de las competencias delegadas.
1.6. Nombrar a D. Álvaro Fernández Martín-Consuegra, titular de la Concejalía Delegada de Hacienda y Festejos Populares, delegándole las competencias de la Alcaldía en
los siguientes ámbitos materiales y con el alcance y condiciones señalados:
Ámbito material de la Delegación
— Intervención: Contabilidad. Presupuestos. Control interno. Fiscalización.
— Tesorería.

BOCM-20250514-39

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