C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250515-1)
Convenio colectivo –  Resolución de 29 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Compañía Española de Sistemas Aeronáuticos, S. A. (CESA) (Código número 28006522011990)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 115

Artículo 58. Participación de la plantilla en materia de Formación y Reciclaje.
La Formación y el Reciclaje es uno de los medios que posee la Empresa para alcanzar sus objetivos
industriales a través del establecimiento de políticas, planes de formación y reciclaje del personal de
CESA. Dichos planes serán elaborados por la Dirección y se dará traslado de los mismos al Comité
de Empresa para su estudio e informe, recibiendo las propuestas a que hubiere lugar para su
correspondiente análisis.
Estos planes serán financiados por la Empresa destinando durante la vigencia del presente convenio
un presupuesto como mínimo de un 1% de la masa salarial anual.
Al objeto de dar participación al Comité, se crea una Comisión paritaria de formación cuyos
miembros serán designados por la Dirección y el Comité respectivamente. Así mismo, ambas partes
se comprometen a propiciar, de manera conjunta, la obtención de subvenciones para formación y
reciclaje de organismos públicos nacionales e internacionales.
A efectos de seguimiento y control de los cursos subvencionables, la Comisión paritaria, una vez
que hayan recibido la información de los mismos, seguirá el siguiente procedimiento:
1.
2.
3.
4.
5.

Examen de los temas referidos a los mismos.
Análisis y aprobación de los criterios establecidos de selección de participantes.
Análisis de fechas y duración de los cursos y elaboración del calendario definitivo.
Evaluación final del grado de eficacia de los cursos en relación con los objetivos
marcados para cada uno de ellos.
Verificación de que la subvención obtenida haya sido destinada a la realización del
curso para la que fue concedida.

Esta Comisión se reunirá a petición de una de las partes. No obstante, ambas partes podrán convenir
reuniones tantas veces como sea necesario.
Al objeto de no disminuir la capacidad de producción, los cursos antes mencionados se realizarán
fuera de jornada laboral, de acuerdo con las condiciones establecidas.
Todos los cursos que respondan a necesidades de la Empresa y organizados por ésta e impartidos
fuera de la jornada laboral, tendrán una compensación económica por hora, según el cuadro de
retribuciones anexo.
-

Si la ausencia durante el curso es justificada, se estudiará ésta y se abonará la
presencia efectiva realizada.
Las compensaciones económicas se devengarán cuando se haya asistido al curso
completo y una vez finalizado éste.
Transporte se acuerda abonar según las tablas salariales.
En aquellos casos en que el proceso productivo lo requiera, o no causen serios
perjuicios a la capacidad productiva, podrán realizarse dentro de la jornada laboral.

Debido a la incidencia que la formación tiene en la prevención de accidentes de trabajo y
enfermedades profesionales, se incluirá sistemáticamente un módulo formativo relativo a la
Seguridad y Salud en el trabajo en todas las acciones formativas.
Se dará especial dedicación a la formación en materia de nuevas tecnologías por cuanto que ello
puede facilitar las posibilidades de reciclaje.
Se informará al Comité de Empresa de los convenios de colaboración que suscriba la Dirección con
organismos públicos y privados dedicados a la docencia.
La Dirección se compromete a establecer un Plan estratégico de formación teniendo en cuenta las
necesidades productivas de la Empresa y el desarrollo profesional de las personas que componen
la plantilla.
Formación, sensibilización y lenguaje

Dicha formación tendrá un reciclaje, que se incluirá en el plan de formación anual de la empresa.
Además de la sensibilización anteriormente citada, las personas que se encarguen del reclutamiento
o participen en procesos de selección, mandos intermedios, cuadros de dirección o cualquiera que
tenga a su cargo personas trabajadoras, deberán recibir una formación específica
Dicha formación tendrá un reciclaje, que se incluirá en el plan de formación anual de las empresas.

BOCM-20250515-1

La empresa, previa consulta y participación de la RLPT, planificará una formación dirigida a toda la
plantilla,