C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20250515-3)
Plan estratégico subvenciones –  Orden de 25 de abril de 2025, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 115

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE MAYO DE 2025

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Plan de acción:
El órgano instructor de los expedientes será la Dirección General de Transportes y Movilidad.
El órgano que resolverá la convocatoria será el Consejero de Vivienda, Transportes e
Infraestructuras.
El procedimiento de estas ayudas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva simplificada.
En el primer semestre de 2025 se tramitarán las bases reguladoras y en el segundo semestre se efectuará la convocatoria de esta línea de subvenciones.
Seguimiento y evaluación:
El seguimiento y control corresponderá a la Dirección General de Transportes y Movilidad.
La Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, la Intervención General, la
Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid y otros órganos competentes podrán realizar cuantas comprobaciones estimen oportunas, y recabar información del beneficiario para
verificar la adecuada aplicación de la ayuda.
El beneficiario y, en su caso, los terceros relacionados, en su caso, con el objeto de las
ayudas quedan obligados a facilitar el ejercicio de las funciones de control y, en particular,
las derivadas de lo dispuesto en el artículo 12.4 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, siendo de aplicación a los beneficiarios, en materia
de infracciones, el régimen sancionador previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
La evaluación de esta línea de subvenciones se basará en los siguientes indicadores:
— Importe del crédito ejecutado y porcentaje sobre el disponible.
— Número de solicitudes registradas.
— Número de solicitudes concedidas.
— Número de viajeros beneficiados.
Con la evaluación de esta línea de subvención se persigue:
— Valorar el grado de cumplimiento de los objetivos perseguidos.
— Valorar el grado de idoneidad, eficiencia y eficacia de la línea de subvención.
— Analizar los resultados para facilitar la toma de decisiones en la planificación de
actuaciones futuras.
La evaluación se realizará mediante la elaboración de una memoria.
Al tratarse de subvenciones anuales, las desviaciones que se pueden producir son mínimas. No obstante, si al realizarse el seguimiento técnico por el personal de la Dirección
General de Transportes y Movilidad o, en su caso, el seguimiento económico, se identificaran desviaciones en cuanto al cumplimiento de los objetivos o de las actuaciones previstas, se procederá a su adaptación.
ANEXO II
LÍNEAS DE SUBVENCIÓN EN RÉGIMEN DE CONCESIÓN DIRECTA
Objetivos y efectos perseguidos:
Teniendo en cuenta la existencia en la Comunidad de Madrid de una específica casuística dentro del sector del transporte y para procurar armonizar y ordenar dicho sector, mediante Decreto 2/2005, de 20 de enero, se creó el Comité Madrileño del Transporte por Carretera para, del modo más ágil y eficaz posible, de forma similar a lo que se hace a nivel
estatal, mediante el Comité Nacional del Transporte por Carretera, articular la colaboración
de las empresas de transporte con la Administración autonómica madrileña en el ámbito de
sus competencias, aplicando criterios participativos y pluralistas.
El Comité Madrileño de Transporte por Carretera se configura, por tanto, como un órgano de representación y de colaboración con la Administración que constituye, para la Administración de la Comunidad de Madrid un instrumento especialmente idóneo para facilitar su
relación con los diversos agentes del sector del transporte por carretera, al estar integrado por
los representantes de las asociaciones más representativas implantadas en su territorio.
La Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de
Madrid, siendo consciente de la importancia del adecuado funcionamiento del Comité y de

BOCM-20250515-3

1. Subvención nominativa a favor del Comité Madrileño de Transporte por Carretera