Brunete (BOCM-20250611-48)
Organización y funcionamiento. Ordenanza convivencia ciudadana
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BOCM

MIÉRCOLES 11 DE JUNIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 138

de los recursos que pueda interponer el presunto infractor sobre el establecimiento o
la vigencia de dichas medidas provisionales.
Artículo 108. Competencia y procedimiento.
La competencia para la incoación de los procedimientos sancionadores objeto de esta
ordenanza y para la imposición de sanciones y de las otras exigencias compatibles con
las sanciones, corresponde al Alcalde, que las puede delegar en los miembros de la
corporación.
La tramitación y resolución del procedimiento sancionador se ajustará a lo establecido
en el Decreto 245/2000 de 16 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento para
el ejercicio de la potestad sancionadora por la Administración de la Comunidad de
Madrid, en lo que no sea incompatible con la Ley 39/2015 de 1 de octubre del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La instrucción de los expedientes corresponderá al servicio municipal titular del bien
material o jurídico directamente perjudicado por las infracciones cometidas.
Artículo 109. Prescripción y caducidad.
La prescripción y caducidad se regirán por la legislación administrativa sancionadora
general, sin perjuicio de lo que disponga la legislación sectorial.
Capítulo tercero
Reparación de daños.
Artículo 110. Reparación de daños.
1. La imposición de las sanciones que correspondan por el incumplimiento de esta
ordenanza no exonera a la persona infractora de la obligación de reparar los daños o
perjuicios causados, salvo que esta se sustituya por trabajos en beneficio de la
comunidad, de acuerdo con el artículo 91.
Si las conductas sancionadoras hubieran causado daños o perjuicios a la
Administración Pública, la resolución del procedimiento podrá declarar:
a) La exigencia al infractor de la reposición a su estado originario de la situación
alterada por la infracción.
b) La indemnización por los daños y perjuicios causados, cuando su cuantía haya
quedado determinada durante el procedimiento.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID