El Escorial (BOCM-20250616-79)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 16 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 142
La valoración de los méritos se realizará de la forma siguiente:
a) Servicios prestados en la administración local, ocupando puestos de trabajo como
Técnico de Juventud encuadrado en el mismo nivel que el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (grupo A subgrupo A2) como funcionario de carrera o interino o personal laboral, se valorarán a razón de 0,75 puntos por año o fracción superior a seis meses.
b) Los servicios prestados en otras administraciones, como Técnico de en categoría
encuadrada en el equivalente al grupo A, subgrupo A2, se valorará a razón de 0,50
puntos por año o fracción superior a 6 meses.
Los períodos inferiores a un año serán valorados proporcionalmente. No se tendrán en
cuenta para su valoración las fracciones o períodos que resulten inferiores a un mes
La experiencia en la Administración Pública se acreditará necesariamente mediante
certificado de servicios prestados del organismo donde prestó sus servicios, detallando el
puesto ocupado y duración de la prestación del servicio.
Si los documentos relativos a los méritos alegados en la instancia no se hubieran aportado, por encontrarse en poder de esta Corporación, deberá hacerse constar expresamente
en la solicitud. En caso contrario dichos méritos no serán valorados en la fase de concurso.
9.3.2. Formación específica: se valorará la formación adquirida por los aspirantes
hasta un máximo de 10 puntos, con arreglo a los siguientes conceptos:
A) Titulaciones académicas y acreditaciones oficiales: como máximo se podrá alcanzar en este apartado 4 puntos:
— Por estar en posesión de cualquier título académico oficial del ámbito de las
ciencias sociales y jurídicas, de igual o superior nivel al exigido en la convocatoria para pertenecer al grupo de titulación A2, excluyendo el necesario
para el al acceso a la plaza convocada: a razón de 2 puntos por título, con un
máximo de 4 puntos.
— Se valorarán los Master universitarios, oficiales o propios de cada universidad, no incluidos en el apartado de titulación académica, relacionados con las
funciones que debe realizar el técnico de juventud, con arreglo a la siguiente
escala. Máximo 2 puntos:
• Master de menos de 90 créditos: 0,50 puntos.
• Master de 90 o más créditos: 1 punto.
— Por estar en posesión de las siguientes acreditaciones/titulaciones oficiales en
materia de juventud:
En este caso se otorgará 1 punto por acreditación/ titulación (hasta un máximo
de 3 puntos):
• Animador/a juvenil. Solo se tendrá en cuenta los títulos expedidos por Comunidad Autónoma u organismo oficial.
• Coordinador/a de tiempo libre/Director/a de actividades de tiempo libre:
Solo se tendrán en cuenta títulos expedidos por organismos oficiales.
• Titulación FP de grado superior: Solo será objeto de puntuación las siguientes titulaciones: Técnico superior en Integración Social o Técnico superior en Animación sociocultural y turística ( o equivalente).
Medios para su acreditación: mediante presentación de fotocopia de la certificación, título o diploma correspondiente.
B) Cursos de formación y perfeccionamiento. Hasta un máximo de 6 puntos. Se valorarán las jornadas o seminarios recibidos, impartidos o coordinados relacionados
con las funciones y naturaleza del puesto así como con la materia de riesgos laborales e igualdad de género (ver base primera) que hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otras
Administraciones Públicas, por Entidades Públicas, por Organizaciones Sindicales
u otros agentes promotores dentro del marco de los Planes de Formación Continua
en las Administraciones Públicas así como las impartidos por las Universidades
Públicas o Privadas, de acuerdo con la siguiente escala según su duración: se valorarán en función de su duración a razón de 0,010 puntos por hora lectiva.
Medios para su acreditación: mediante presentación de fotocopia de la certificación, título o diploma correspondiente. En los mismos se debe detallar los progra-
BOCM-20250616-79
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 16 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 142
La valoración de los méritos se realizará de la forma siguiente:
a) Servicios prestados en la administración local, ocupando puestos de trabajo como
Técnico de Juventud encuadrado en el mismo nivel que el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (grupo A subgrupo A2) como funcionario de carrera o interino o personal laboral, se valorarán a razón de 0,75 puntos por año o fracción superior a seis meses.
b) Los servicios prestados en otras administraciones, como Técnico de en categoría
encuadrada en el equivalente al grupo A, subgrupo A2, se valorará a razón de 0,50
puntos por año o fracción superior a 6 meses.
Los períodos inferiores a un año serán valorados proporcionalmente. No se tendrán en
cuenta para su valoración las fracciones o períodos que resulten inferiores a un mes
La experiencia en la Administración Pública se acreditará necesariamente mediante
certificado de servicios prestados del organismo donde prestó sus servicios, detallando el
puesto ocupado y duración de la prestación del servicio.
Si los documentos relativos a los méritos alegados en la instancia no se hubieran aportado, por encontrarse en poder de esta Corporación, deberá hacerse constar expresamente
en la solicitud. En caso contrario dichos méritos no serán valorados en la fase de concurso.
9.3.2. Formación específica: se valorará la formación adquirida por los aspirantes
hasta un máximo de 10 puntos, con arreglo a los siguientes conceptos:
A) Titulaciones académicas y acreditaciones oficiales: como máximo se podrá alcanzar en este apartado 4 puntos:
— Por estar en posesión de cualquier título académico oficial del ámbito de las
ciencias sociales y jurídicas, de igual o superior nivel al exigido en la convocatoria para pertenecer al grupo de titulación A2, excluyendo el necesario
para el al acceso a la plaza convocada: a razón de 2 puntos por título, con un
máximo de 4 puntos.
— Se valorarán los Master universitarios, oficiales o propios de cada universidad, no incluidos en el apartado de titulación académica, relacionados con las
funciones que debe realizar el técnico de juventud, con arreglo a la siguiente
escala. Máximo 2 puntos:
• Master de menos de 90 créditos: 0,50 puntos.
• Master de 90 o más créditos: 1 punto.
— Por estar en posesión de las siguientes acreditaciones/titulaciones oficiales en
materia de juventud:
En este caso se otorgará 1 punto por acreditación/ titulación (hasta un máximo
de 3 puntos):
• Animador/a juvenil. Solo se tendrá en cuenta los títulos expedidos por Comunidad Autónoma u organismo oficial.
• Coordinador/a de tiempo libre/Director/a de actividades de tiempo libre:
Solo se tendrán en cuenta títulos expedidos por organismos oficiales.
• Titulación FP de grado superior: Solo será objeto de puntuación las siguientes titulaciones: Técnico superior en Integración Social o Técnico superior en Animación sociocultural y turística ( o equivalente).
Medios para su acreditación: mediante presentación de fotocopia de la certificación, título o diploma correspondiente.
B) Cursos de formación y perfeccionamiento. Hasta un máximo de 6 puntos. Se valorarán las jornadas o seminarios recibidos, impartidos o coordinados relacionados
con las funciones y naturaleza del puesto así como con la materia de riesgos laborales e igualdad de género (ver base primera) que hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otras
Administraciones Públicas, por Entidades Públicas, por Organizaciones Sindicales
u otros agentes promotores dentro del marco de los Planes de Formación Continua
en las Administraciones Públicas así como las impartidos por las Universidades
Públicas o Privadas, de acuerdo con la siguiente escala según su duración: se valorarán en función de su duración a razón de 0,010 puntos por hora lectiva.
Medios para su acreditación: mediante presentación de fotocopia de la certificación, título o diploma correspondiente. En los mismos se debe detallar los progra-
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