El Escorial (BOCM-20250616-79)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 142
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 16 DE JUNIO DE 2025
mas desarrollados y materias sobre las que versaron para que sean tenidos en
cuenta, en el caso de que haya duda sobre su contenido.
Se podrá solicitar información a los aspirantes si el Tribunal lo considera necesario para aclarar aspectos concretos de la documentación presentada.
La puntuación final de esta fase será la suma de la obtenida por los méritos alegados y probados en todos los apartados, y su resultado se dará a conocer en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Las puntuaciones que resulten se redondearán usando el sistema de redondeo aritmético simétrico hasta dos decimales, esto es: cuando el tercer decimal sea superior o igual a 5, el segundo decimal se incrementará en una unidad, y cuando el
tercer decimal sea inferior a 5, el segundo decimal no se modifica.
En el plazo de tres días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la
relación de méritos los/as aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles para
la presentación de las reclamaciones y/o alegaciones que estimen procedentes.
Décima. Calificación final del proceso selectivo.—La calificación final de las pruebas de oposición y del concurso será la suma de la calificación final de las pruebas de oposición y de la puntuación obtenida en el concurso de méritos. El orden de colocación de los
aspirantes en la lista definitiva de personas aprobadas en el concurso oposición se establecerá de mayor a menor puntuación.
Calificación de la fase de oposición:
— Primer ejercicio: 40 por 100.
— Segundo ejercicio: 60 por 100.
Fase oposición = (calificación primer ejercicio × 0,40 + calificación segundo ejercicio × 0,60).
Calificación de la fase de concurso. La puntuación de esta fase será el resultado de sumar las calificaciones obtenidas en base a los diferentes méritos valorables.
La calificación final del proceso selectivo será la suma de las calificaciones finales obtenidas en las pruebas de oposición y en el concurso conforme a la siguiente ponderación:
[(COP × 60) + (CCS × 40)] / 100.
Donde COP es la suma de la calificación final obtenida en las pruebas de oposición y
CCS la obtenida en el concurso.
Obtenidas las calificaciones definitivas del proceso de selección, el Tribunal Calificador publicará en la en el tablón de anuncios y edictos de la sede electrónica municipal la relación de personas aprobadas por orden de puntuación.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios: primero, mejor puntuación en el segundo ejercicio, segundo, mejor puntuación en el
primer ejercicio y tercero mejor puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional. De persistir el empate éste se solventará por mayor experiencia y, en caso de persistir, por sorteo.
Undécima. Finalización fases de concurso oposición.—Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública, a través del tablón de anuncios y edictos
electrónico del Ayuntamiento de El Escorial, la relación de aspirantes que hubieran superado la fase de concurso-oposición por orden de puntuación.
Una vez publicada la citada relación, los interesados podrán interponer reclamación en
el plazo de tres días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de dicha relación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de la Leal Villa de El Escorial. Dicha reclamación se dirigirá al tribunal de selección y éste, una vez resueltas las reclamaciones,
publicará la relación definitiva en el tablón de anuncios, proponiendo al candidato para ocupar la plaza.
Simultáneamente el Tribunal propondrá a la Alcaldía-Presidencia la formalización del
contrato como interino del candidato que hubiera obtenido la calificación definitiva más
elevada.
Duodécima. Formalización de contrato.—12.1. Documentos exigibles. El aspirante propuesto aportarán los documentos acreditativos de que posee las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en las bases:
— Documento Nacional de Identidad, NIE o pasaporte.
— Fotocopia del Título al que se hace referencia en el apartado de la base 3.c), o justificante de haber abonado los derechos para su expedición. Si estos documentos estuviesen expedidos después de la fecha en que finalizó el plazo de admisión de instancias, deberá justificar el momento en que concluyeron los estudios. En caso de
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BOCM-20250616-79
BOCM
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mas desarrollados y materias sobre las que versaron para que sean tenidos en
cuenta, en el caso de que haya duda sobre su contenido.
Se podrá solicitar información a los aspirantes si el Tribunal lo considera necesario para aclarar aspectos concretos de la documentación presentada.
La puntuación final de esta fase será la suma de la obtenida por los méritos alegados y probados en todos los apartados, y su resultado se dará a conocer en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Las puntuaciones que resulten se redondearán usando el sistema de redondeo aritmético simétrico hasta dos decimales, esto es: cuando el tercer decimal sea superior o igual a 5, el segundo decimal se incrementará en una unidad, y cuando el
tercer decimal sea inferior a 5, el segundo decimal no se modifica.
En el plazo de tres días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la
relación de méritos los/as aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles para
la presentación de las reclamaciones y/o alegaciones que estimen procedentes.
Décima. Calificación final del proceso selectivo.—La calificación final de las pruebas de oposición y del concurso será la suma de la calificación final de las pruebas de oposición y de la puntuación obtenida en el concurso de méritos. El orden de colocación de los
aspirantes en la lista definitiva de personas aprobadas en el concurso oposición se establecerá de mayor a menor puntuación.
Calificación de la fase de oposición:
— Primer ejercicio: 40 por 100.
— Segundo ejercicio: 60 por 100.
Fase oposición = (calificación primer ejercicio × 0,40 + calificación segundo ejercicio × 0,60).
Calificación de la fase de concurso. La puntuación de esta fase será el resultado de sumar las calificaciones obtenidas en base a los diferentes méritos valorables.
La calificación final del proceso selectivo será la suma de las calificaciones finales obtenidas en las pruebas de oposición y en el concurso conforme a la siguiente ponderación:
[(COP × 60) + (CCS × 40)] / 100.
Donde COP es la suma de la calificación final obtenida en las pruebas de oposición y
CCS la obtenida en el concurso.
Obtenidas las calificaciones definitivas del proceso de selección, el Tribunal Calificador publicará en la en el tablón de anuncios y edictos de la sede electrónica municipal la relación de personas aprobadas por orden de puntuación.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios: primero, mejor puntuación en el segundo ejercicio, segundo, mejor puntuación en el
primer ejercicio y tercero mejor puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional. De persistir el empate éste se solventará por mayor experiencia y, en caso de persistir, por sorteo.
Undécima. Finalización fases de concurso oposición.—Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública, a través del tablón de anuncios y edictos
electrónico del Ayuntamiento de El Escorial, la relación de aspirantes que hubieran superado la fase de concurso-oposición por orden de puntuación.
Una vez publicada la citada relación, los interesados podrán interponer reclamación en
el plazo de tres días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de dicha relación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de la Leal Villa de El Escorial. Dicha reclamación se dirigirá al tribunal de selección y éste, una vez resueltas las reclamaciones,
publicará la relación definitiva en el tablón de anuncios, proponiendo al candidato para ocupar la plaza.
Simultáneamente el Tribunal propondrá a la Alcaldía-Presidencia la formalización del
contrato como interino del candidato que hubiera obtenido la calificación definitiva más
elevada.
Duodécima. Formalización de contrato.—12.1. Documentos exigibles. El aspirante propuesto aportarán los documentos acreditativos de que posee las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en las bases:
— Documento Nacional de Identidad, NIE o pasaporte.
— Fotocopia del Título al que se hace referencia en el apartado de la base 3.c), o justificante de haber abonado los derechos para su expedición. Si estos documentos estuviesen expedidos después de la fecha en que finalizó el plazo de admisión de instancias, deberá justificar el momento en que concluyeron los estudios. En caso de
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