C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250623-28)
Regulación competencia digital –  Orden 2031/2025, de 11 de junio, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se desarrolla el Decreto 94/2024, de 2 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el procedimiento para la acreditación de la competencia digital docente en la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 23 DE JUNIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 148

Se realizará una evaluación de nivel C1 mediante la observación del desempeño a
través de una prueba de evaluación previa, siguiendo las directrices de la guía de
evaluación pública de la Comunidad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto 94/2024, de 2 de octubre. Tras ello, si se supera la prueba,
será necesario aportar las evidencias compatibles con los indicadores del nivel C1
para que sean analizadas y validadas. El candidato dispondrá de tres meses para
su aportación desde la superación de la prueba de evaluación previa.
b) Itinerario B. Pueden participar en este procedimiento de acreditación todos los docentes que no se encuentren en ejercicio activo de su profesión, impartiendo docencia en un centro educativo de la Comunidad de Madrid sostenido con fondos
públicos en el momento de realización de la prueba, y que se encuentren en posesión de un nivel A2 de competencia digital docente.
Se realizará una evaluación de nivel C1 mediante la observación del desempeño a
través de una prueba de evaluación previa, siguiendo las directrices de la guía de
evaluación pública de la Comunidad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto 94/2024, de 2 de octubre. Tras ello, si se supera la prueba,
será necesario aportar las evidencias compatibles con los indicadores del nivel C1
para que sean analizadas y validadas. El candidato dispondrá de tres meses para
su aportación desde la superación de la prueba de evaluación previa.
3. En ambos supuestos, tanto la descripción de las características de las evidencias
de nivel C1 de competencia digital docente (categoría de evidencias), como el procedimiento de entrega, valoración y cómputo de las mismas, se actualizará de acuerdo a la evolución
de la técnica, de conformidad con lo previsto en esta orden. Será necesario presentar, como
mínimo, una categoría de evidencias para su validación.
4. La dirección general con competencias en materia de acreditación de la competencia digital docente ofertará anualmente formaciones específicas complementarias que
sirvan al personal docente de orientación e intercambio de experiencias para el acceso a este
nivel de competencia digital docente.
Artículo 7

1. El procedimiento de acreditación del nivel C2 se realiza exclusivamente por áreas,
cubriendo, al menos, el 80 por 100 de los indicadores del marco de referencia de la competencia digital docente.
2. El procedimiento de acreditación del nivel C2 es de carácter consecutivo, de conformidad con el artículo 14.4 del Decreto 94/2024, de 2 de octubre y será convocado con
una periodicidad mínima anual.
3. Podrán participar en estos procedimientos de acreditación todos los docentes incluidos en el artículo 13 del Decreto 94/2024, de 2 de octubre, que posean un nivel C1 de
competencia digital docente acreditado.
4. Para poder iniciar este procedimiento, en primer lugar, el candidato deberá aportar las
evidencias compatibles con los indicadores del nivel C2 que se establezcan y actualicen periódicamente conforme a la evolución de la técnica en la guía de evaluación pública de la Comunidad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto 94/2024, de 2 de octubre, así como sus criterios específicos de valoración.
5. La descripción de las características de las evidencias de nivel C2 de competencia
digital docente (categoría de evidencias), y el procedimiento de entrega, valoración y
cómputo de las mismas, se actualizarán de acuerdo a la evolución de la técnica, de conformidad con lo previsto en esta orden.
6. La dirección general con competencias en materia de acreditación de la competencia digital docente ofertará anualmente formaciones específicas complementarias que
sirvan al personal docente de orientación e intercambio de experiencias para el acceso a este
nivel de competencia digital docente.

BOCM-20250623-28

Procedimiento de acreditación específicos para el nivel C2 del marco de referencia
de la competencia digital docente