D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20250627-27)
Convenio –  Convenio de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y UNO Organización Empresarial de Logística y Transporte para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2025 y 2026 de acciones incluidas en el VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2025-2028
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 294

VIERNES 27 DE JUNIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 152

naturaleza psicosocial.

De forma general, se establecen los siguientes límites:
x

Número total de asesoramientos: 40

x

Número de asesoramientos por centro: 2

x

Nº mínimo de empresas/centros de trabajo diferentes sobre los que se actuará: 20

x

Se trata de visitas iniciales

x

Contenido de la visita:
Se elaborará un cuestionario para la recogida de datos teniendo en cuenta la

metodología del Instituto de Biomecánica de Valencia, sobre evaluación cualitativa relacionada
con la identificación de riesgos ergonómicos (manipulación manual de cargas, movimientos
repetitivos y posturas forzadas) teniendo en cuenta factores de naturaleza psicosocial.
x

Trabajos posteriores a la acción de asesoramiento:
Cada empresa participante recibirá un informe confidencial que refleje los resultados

obtenidos de cada puesto de trabajo analizado y, en su caso, las medidas preventivas que ha
de adoptar para corregir los defectos encontrados en cuanto a la manipulación de cargas,
movimientos repetitivos y posturas forzadas.
x

Porcentaje o cantidad de visitas destinadas a autónomo sin trabajadores: 0%.

x

Personal para la realización de la actividad: Entidad preventiva especializada.

2.2.5.Asistencia técnica para el análisis e identificación de riesgos higiénicos originados
por la exposición a vibraciones en puestos de conducción.

La VII Encuesta Nacional de Condiciones de Trabajo recoge que el 30,2% de los
trabajadores encuestados, cuyo puesto de trabajo es conductor de vehículos, contemplan la
exposición a vibraciones como riesgo laboral en su puesto de trabajo.

En el sector de la logística y el transporte los puestos de trabajo de transportista y conductor
de equipos de manutención (carretillero, transpaletas, recogepedidos, etc.) pueden encontrarse
expuestos a vibraciones mecánicas.

La exposición a vibraciones mecánicas, bajo determinadas condiciones en el lugar de
trabajo, puede afectar negativamente a la salud de los trabajadores. Cuando el cuerpo del
trabajador recibe vibraciones generadas por un equipo de trabajo, ya sea a través de los miembros
superiores (sistema mano-brazo) o a través del cuerpo en general; éstas son captadas por
receptores situados en diferentes estructuras anatómicas, como son: oído interno (equilibrio), los
ojos (movimiento), músculos, articulaciones y tendones. Por lo tanto, las patologías más
significativas derivadas de la exposición a vibraciones estarán relacionadas con los órganos que se

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ven más afectados como, por ejemplo: trastornos músculo-esqueléticos (músculos, articulaciones
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