C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250627-18)
Regulación concesión subvenciones – Acuerdo de 18 de junio de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de las subvenciones destinadas a financiar el coste salarial de las personas con discapacidad contratadas en Centros Especiales de Empleo del ámbito de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 152
subvención gestionada, en los términos establecidos en el artículo 70.1 de la Ley 9/2024,
de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el
año 2025, que permite que, cuando la aprobación del gasto corresponda al Consejo de Gobierno, como es el caso, y proceda la aprobación simultánea por la Comunidad Autónoma
de bases reguladoras, convocatorias, ambas de forma conjunta o cualquier otro acto de regulación procedimental, existiendo una pluralidad de beneficiarios no singularizados en el
momento de dicha aprobación, puedan acordarse en unidad de acto ambas aprobaciones.
En este marco normativo, mediante Acuerdo de 20 de julio de 2022, del Consejo de
Gobierno se aprobó la regulación procedimental de la concesión directa de las subvenciones destinadas a financiar el coste salarial de las personas con discapacidad contratadas en
Centros Especiales de Empleo del ámbito de la Comunidad de Madrid. Transcurridos casi
tres años desde su entrada en vigor, la experiencia en la gestión de este programa de empleo determina la necesidad de revisar su contenido con el objetivo de optimizar y simplificar la tramitación de las subvenciones de coste salarial mediante la incorporación de procesos de automatización y de obtención de información mediante consulta a las plataformas
de intercambio de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, la reducción de
cargas administrativas de los potenciales interesados y la introducción de otras mejoras que
redunden en una mayor agilidad y eficiencia de la actuación administrativa.
Como resultado de la revisión realizada, se ha optado por incluir en el nuevo modelo
de gestión sistemas digitales de información con el fin de facilitar a los Centros Especiales
de Empleo una relación más eficiente y directa con la Administración. La vía de interlocución y colaboración en la gestión de estas subvenciones por parte de los Centros Especiales de Empleo, será una aplicación informática especialmente diseñada para facilitar una
presentación más ordenada y sistemática de la documentación requerida en cada caso. Además, permitirá a los Centros Especiales de Empleo, entre otras funcionalidades, consultar
el estado y la calidad de la información que figura en el expediente, en relación con los trabajadores por cuyos costes salariales solicita la subvención, ya sean datos aportados por los
propios interesados o sea el resultado de las consultas realizadas por la Administración,
contribuyendo de ese modo a una gestión más ágil y eficaz, así como a la reducción de las
cargas administrativas.
Además de lo expuesto, entre otras mejoras que incorpora la nueva regulación es destacable la gestión de estas subvenciones vinculada a períodos subvencionables vencidos y,
por tanto, a contrataciones efectivamente realizadas, dejando atrás el modelo anterior en el
que la subvención se destinaba a financiar las previsiones de contratación que no en todos
los casos se ajustaban a la planificación inicial generando ineficiencias. En consecuencia,
al tratarse en todos los casos de contrataciones realizadas se unifica la fase de concesión y
justificación y se simplifica la fase de pago al quedar reducida a un pago único del 100
por 100 de la subvención concedida.
En definitiva, la implantación del nuevo modelo de gestión de estas subvenciones tiene como finalidad, con la colaboración indispensable de los Centros Especiales de Empleo
interesados, dotar la gestión de los fondos públicos destinados a esta línea de subvención
de elementos de una mayor simplicidad y eficacia, contribuyendo a garantizar la sostenibilidad de la financiación y el fomento del empleo de las personas con discapacidad.
El Real Decreto 933/1995, de 9 de junio, traspasó a la Comunidad de Madrid la gestión de determinados programas de ayudas y subvenciones que venía realizando el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid; entre los que se
incluye el de integración laboral de personas con discapacidad en Centros Especiales de
Empleo reguladas mediante Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 16 de
octubre de 1998, hasta su derogación por el Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre,
por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo.
Estas competencias recaen en la actualidad en la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo en virtud del Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de
Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en cuyo artículo 27.2.e) atribuye a la Dirección General del Servicio Público de Empleo las competencias en materia de fomento y promoción de la integración laboral de personas con discapacidad.
El Plan Estratégico de Subvenciones gestionadas por la Dirección General del Servicio Público de Empleo para el año 2025, aprobado mediante Orden de 15 de noviembre
de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, y modificado mediante Órde-
BOCM-20250627-18
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 152
subvención gestionada, en los términos establecidos en el artículo 70.1 de la Ley 9/2024,
de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el
año 2025, que permite que, cuando la aprobación del gasto corresponda al Consejo de Gobierno, como es el caso, y proceda la aprobación simultánea por la Comunidad Autónoma
de bases reguladoras, convocatorias, ambas de forma conjunta o cualquier otro acto de regulación procedimental, existiendo una pluralidad de beneficiarios no singularizados en el
momento de dicha aprobación, puedan acordarse en unidad de acto ambas aprobaciones.
En este marco normativo, mediante Acuerdo de 20 de julio de 2022, del Consejo de
Gobierno se aprobó la regulación procedimental de la concesión directa de las subvenciones destinadas a financiar el coste salarial de las personas con discapacidad contratadas en
Centros Especiales de Empleo del ámbito de la Comunidad de Madrid. Transcurridos casi
tres años desde su entrada en vigor, la experiencia en la gestión de este programa de empleo determina la necesidad de revisar su contenido con el objetivo de optimizar y simplificar la tramitación de las subvenciones de coste salarial mediante la incorporación de procesos de automatización y de obtención de información mediante consulta a las plataformas
de intercambio de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, la reducción de
cargas administrativas de los potenciales interesados y la introducción de otras mejoras que
redunden en una mayor agilidad y eficiencia de la actuación administrativa.
Como resultado de la revisión realizada, se ha optado por incluir en el nuevo modelo
de gestión sistemas digitales de información con el fin de facilitar a los Centros Especiales
de Empleo una relación más eficiente y directa con la Administración. La vía de interlocución y colaboración en la gestión de estas subvenciones por parte de los Centros Especiales de Empleo, será una aplicación informática especialmente diseñada para facilitar una
presentación más ordenada y sistemática de la documentación requerida en cada caso. Además, permitirá a los Centros Especiales de Empleo, entre otras funcionalidades, consultar
el estado y la calidad de la información que figura en el expediente, en relación con los trabajadores por cuyos costes salariales solicita la subvención, ya sean datos aportados por los
propios interesados o sea el resultado de las consultas realizadas por la Administración,
contribuyendo de ese modo a una gestión más ágil y eficaz, así como a la reducción de las
cargas administrativas.
Además de lo expuesto, entre otras mejoras que incorpora la nueva regulación es destacable la gestión de estas subvenciones vinculada a períodos subvencionables vencidos y,
por tanto, a contrataciones efectivamente realizadas, dejando atrás el modelo anterior en el
que la subvención se destinaba a financiar las previsiones de contratación que no en todos
los casos se ajustaban a la planificación inicial generando ineficiencias. En consecuencia,
al tratarse en todos los casos de contrataciones realizadas se unifica la fase de concesión y
justificación y se simplifica la fase de pago al quedar reducida a un pago único del 100
por 100 de la subvención concedida.
En definitiva, la implantación del nuevo modelo de gestión de estas subvenciones tiene como finalidad, con la colaboración indispensable de los Centros Especiales de Empleo
interesados, dotar la gestión de los fondos públicos destinados a esta línea de subvención
de elementos de una mayor simplicidad y eficacia, contribuyendo a garantizar la sostenibilidad de la financiación y el fomento del empleo de las personas con discapacidad.
El Real Decreto 933/1995, de 9 de junio, traspasó a la Comunidad de Madrid la gestión de determinados programas de ayudas y subvenciones que venía realizando el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid; entre los que se
incluye el de integración laboral de personas con discapacidad en Centros Especiales de
Empleo reguladas mediante Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 16 de
octubre de 1998, hasta su derogación por el Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre,
por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo.
Estas competencias recaen en la actualidad en la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo en virtud del Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de
Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en cuyo artículo 27.2.e) atribuye a la Dirección General del Servicio Público de Empleo las competencias en materia de fomento y promoción de la integración laboral de personas con discapacidad.
El Plan Estratégico de Subvenciones gestionadas por la Dirección General del Servicio Público de Empleo para el año 2025, aprobado mediante Orden de 15 de noviembre
de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, y modificado mediante Órde-
BOCM-20250627-18
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